Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022081869)
Anuncio de 8 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del primer requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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replanificación de las actuaciones, deberá tenerse en cuenta que los valores de referencia de estas partidas
se establecen por unidad, no por metro. Igualmente, deberá considerarse que en las crucetas en amarre tipo
bóveda, horizontal y cruz, deben aislarse todas las fases 1 m en ambos lados exteriores del punto de unión
de la grapa de amarre y que en las crucetas en suspensión tipo bóveda sólo es necesario aislar el conductor
central 1 m a cada lado del punto de encanche.
- Incluye gastos no subvencionables (redacción de proyectos, gestión de residuos, prevención de riesgos
laborales, gastos generales y beneficio industrial e IVA).
- Se deberán revisar los valores de referencia dela partida USPAAUXa.
- No se contempla en el presupuesto la eliminación del aisladores rígidos en el apoyo nº 2 (UDDAIRb); así
como el suministro y montaje de las cadenas de amarre con aislamiento especial antiposada (UCAEAPba) en
las derivaciones del apoyo 6.
- Se deberá justificar las mediciones para los apoyos que correspondan para la partida de suministro y montaje
de cable desnudo (USMCPUcab), suministro y montaje de cuña de presión tipo ampact (USMCAPaa) y
suministro y montaje de preformado para cuña de presión tipo ampact (USMCAPab).
- Se deberá justificar la necesidad de acometer los trabajos de acondicionamiento del terreno vinculado a la
partida UDESBR1a.
- La partida correspondiente al suministro y montaje de baliza salvapajaros no se ajusta a los valores unitarios
establecidos en el art. 4.3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril (USMSSPa = 29,91 €/ud).
NIF: B28383461
Nº EXPEDIENTE: CN0109/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.b; 1.c; 1.f; 5.c; 8.a; 14.b.3); 14.b.5); 14.b.6); 14.b.7; 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.b. Se deberá aportar solicitud firmada y fechada.
1.c. Se deberá aportar datos de contacto: teléfono
1.f. Se deberán aportar los datos del proyecto: identificación (fecha de puesta en servicio) y especie/s
electrocutadas/s y colisionada/s.
5.c. El documento aportado es una adopción de acuerdos.
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.3) No se proporciona una descripción completa de los apoyos que integran la línea eléctrica para la que
solicita la ayuda según las especificaciones recogidas en el artículo 10.k.2º del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
De hecho, se han detectado incongruencias con el reportaje fotográfico aportado y el cuadro resumen
incluido en el apartado 6 “Descripción y trazado de la línea” del proyecto.
14.b.5) Se deberá aclarar las distancias mínimas de seguridad establecidas en el apartado 10 "Crucetas" del
proyecto (700 mm en amarre y 350 mm en suspensión), por contravenir los especificado en el artículo 3.1.a)
del Decreto 35/2022, de 6 de abril y por ser incongruente con lo establecido en el apartado 12 "Medidas
correctoras avifauna" del propio proyecto.
Se deberá aportar justificación para la sustitución de las crucetas (excepto para aquellas que soportan los
aisladores en posición rígida); considerándose que con la sustitución de las cadenas de aisladores y el
aislamiento de elementos en tensión podría ser suficiente para cumplir las medidas de prevención contra la
electrocución establecidas en el artículo 3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
La instalacion de medidas antiposada no son actuaciones subvencionables.