Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. (2022063416)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se convocan pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

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los delitos o faltas que constituye el objeto de la citada ley orgánica. Excepcionalmente,
será título acreditativo de esta situación el informe del Ministerio Fiscal que indique la
existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la violencia de género
hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.
6. B
 onificaciones: Los miembros de familias numerosas, tendrán una bonificación del 50%.
Deberá abonar por tanto 4,12 euros por módulo profesional.
7. La documentación a presentar junto a la solicitud, para acreditar el abono, la exención total
o parcial del precio público, viene establecida en el resuelvo duodécimo de esta resolución.
8. El impago del importe de la cuota del precio público dentro del plazo establecido en la inscripción o su pago incompleto será motivo de exclusión, así como, si se detectase falsedad
o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención total o bonificación del precio público.
9. L
 a falta de la justificación de abono o, en su caso, de estar exentos de dicho abono de los
derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.
10. La exclusión de las pruebas por cualquier causa imputable a la persona interesada no será
motivo de devolución del precio público.
11. L
 a no presentación a las pruebas no comportará la devolución del precio público.
Noveno. Devolución de precio público de matrícula.
1. Procederá la devolución del precio público, a petición de la persona interesada que se inscriba en los plazos señalados para la presente convocatoria, única y exclusivamente cuando
se haya producido duplicidad de pago o exceso en la cantidad pagada, respecto de la que
realmente corresponda.
2. P
 ara ello:
a. Deberá rellenar el modelo 735 que se halla en el Portal Tributario de la Junta de Extremadura.
b. D
 eberá presentar, a través del registro administrativo, un escrito solicitando dicha devolución a la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo,
detallando las circunstancias de la solicitud.
c. Se deberá acompañar el modelo de Alta de Terceros debidamente cumplimentado, para
poder realizar la transferencia del importe correspondiente.