Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. (2022063416)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se convocan pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/2023.
59 páginas totales
Página
NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

56046

Décimo. Solicitud de inscripción en las pruebas.
I. Las personas que deseen participar en estas pruebas deberán formular una única solicitud
de inscripción. En la solicitud de inscripción, la persona aspirante indicará los módulos que
conforman el ciclo formativo, de los que desea examinarse, de los cuales deberá realizar el
pago conforme lo establecido en el resuelvo octavo de la presente resolución.
II. La solicitud de inscripción en estas pruebas hará referencia a un único Ciclo Formativo,
bien de forma completa o por módulos profesionales, a excepción del módulo de formación
en centros de trabajo que deberá cursarse a través del régimen presencial, una vez alcanzada la evaluación positiva en el resto de módulos que componen el ciclo formativo y, en
su caso, el módulo de proyecto.
III. No obstante, lo anterior, la persona aspirante podrá matricularse del módulo de FCT y Proyecto según lo dispuesto en los resuelvos vigésimo y vigésimo primero de esta resolución.
IV. La formalización de la matrícula dará derecho a una única convocatoria de evaluación para
cada uno de los módulos convocados mediante la presente resolución.
V. La solicitud de inscripción se presentará de forma telemática por las personas interesadas
en la dirección https: //rayuela.educarex.es de la Plataforma Educativa Rayuela conforme a
lo expresado en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones, mediante identificación y firma a través de
certificados Digitales reconocidos, por DNI electrónico o a través de las claves de acceso a
la citada Plataforma que se menciona en el resuelvo decimocuarto de esta resolución.
VI. El modelo se solicitud de inscripción disponible en la plataforma Rayuela contendrá los
campos contemplados en los modelos de solicitudes de inscripción establecidos en los
ejemplares no válidos de los anexos XIV y XV de esta resolución.
VII. D
 e conformidad con lo previsto en el artículo 16.3 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se emitirá un recibo justificativo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y hora de
presentación, el número de entrada de registro, los datos relevantes de la solicitud, y en su
caso la enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado, en el plazo que establece el anexo IV de esta resolución.
VIII. L
 as formas de acceso a la Plataforma Educativa Rayuela se hará conforme lo establecido
en el resuelvo decimocuarto de esta resolución.
IX. La no cumplimentación de los campos considerados obligatorios impedirá la presentación
de la solicitud telemática.