Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063218)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y GENINCODE SLU, para el desarrollo del Proyecto Piloto CARDIOGENEX.
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NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

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d) Sea requerido por Ley o por autoridad competente.
La información confidencial recibida la utilizará la parte receptora única y exclusivamente en
relación con el fin para el que fuera revelada y en cualquier caso dentro del ámbito del objeto
del presente convenio y sólo para los usos previstos en el mismo, no pudiendo ser utilizada
para otro fin y no pudiendo ser revelada a terceros, ya sean personas físicas o jurídicas, ni
divulgada mediante su publicación en cualquier medio de comunicación, o difundida de cualquier otra forma, sin la previa autorización escrita de la parte reveladora de la información
confidencial.
Las partes se comprometen a devolver, inmediatamente y en cualquier momento que la parte
reveladora se lo exija o a la finalización del presente convenio, por cualquier causa, toda la
información confidencial de las otras partes que obre en su poder, firmando declaración en tal
sentido, conforme no han retenido copia o archivo alguno.
Cuanto antecede no será interpretado en el sentido de que constituya para la parte receptora de la información confidencial la prohibición de dedicarse en el futuro a cualquier otra
actividad profesional o de colaboración similar al objeto del presente convenio, excepto en
el caso de que esa nueva actividad o colaboración implique la utilización de la información
confidencial.
Las partes quedan vinculadas por la obligación de secreto que aquí se pacta por toda la duración del convenio y aún después de expirado el plazo contractual previsto, por un plazo de
cinco (5) años a contar desde la fecha de dicha expiración contractual, o bien hasta que la
información confidencial pase a ser de dominio público por causa distinta a un acto u omisión
de la parte receptora, lo que sea posterior.
Novena. Datos de carácter personal.
Considerando que el Proyecto Piloto puede suponer el manejo de datos personales, el SES
y el personal responsable de realizar el Proyecto Piloto por parte del SES tienen el deber de
preservar muy especialmente la confidencialidad sobre los datos personales o clínicos, de los
sujetos del Proyecto Piloto, adoptando todas aquellas medidas de seguridad y técnicas establecidas en la legislación de protección de datos actual y de la ley de investigación biomédica.
Esta obligación de confidencialidad subsistirá incluso una vez finalizados los trabajos objeto
del presente convenio.
Se deja constancia de que GENINCODE actuará como encargado de tratamiento del SES y
ésta acepta que el acceso y uso de cualesquiera plataformas y sistemas bajo su control (ej.
SITAB, plataforma digital de GENINCODE que contempla todas las medidas de seguridad