Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063465)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Valdehúncar. Expte.: IA19/1017.
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NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

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destino al arroyo Pescadores, cuyo titular fue el Ayuntamiento y que fue revocado
con fecha 14 de diciembre de 2016. Se informa que los sistemas de saneamiento de
los nuevos desarrollos urbanísticos deberán establecer, preferentemente, redes de saneamiento separativas. Además, deberá realizarse una adecuada gestión para evitar
que las aguas de escorrentía pluvial incorporen contaminación adicional susceptible
de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público
hidráulico, sin comprometer la consecución de los objetivos medioambientales y el
cumplimiento de las normas de calidad ambiental establecidas en el medio receptor
conforme a la legislación de aguas.
Condicionantes generales a tener en cuenta: “carácter separativo de las redes de saneamiento”, “afecciones de infraestructuras de saneamiento a terrenos de dominio público hidráulico”, “afección a cauces receptores”, “incorporación de aguas de escorrentía
procedentes de zonas exteriores a la aglomeración urbana” y “vertidos de aguas residuales, instalaciones de depuración”.
Afección a masas de aguas protegidas. Se ha efectuado la consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de zonas Inundables (SNCZI), http://sig.mapama.es/snczi/,
obteniéndose la inexistencia de reservas hidrológicas en la zona de actuación.
No obstante, lo anterior, se comprueba la existencia de una serie de zonas protegidas
recogidas en el Registro de Zonas Protegidas del Anejo 4 de la Memoria del Plan Hidrológico de cuenca de la Parte Española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo que se
reproducen a continuación:


• Zona protegida por zona sensible del embalse de Valdecañas identificado con el código
ESRI548.



• Zonas protegidas por área de captación de las zonas sensibles de los embalses de
Valdecañas y de Torrejón-Tiétar identificadas con los códigos ESCM548 y ESCM550.



• Zona protegida por abastecimiento de los embalses de Valdecañas identificadas con
los códigos ES030ZCCM0000000526 y ES030ZCCM0000000037 y sus zonas protegidas por zonas de influencia de las zonas protegidas por abastecimiento.



• Zona protegida por Zona de Especial Protección para las Aves del embalse de Valdecañas identificada ES030_ZEPAES0000329.

Este Organismo no permitirá vertidos incontrolados al arroyo Pescadores, cuyas aguas
tienen como destino final el Embalse de Valdecañas, incluido dentro de las Zonas Sensibles determinadas en virtud de la Directiva 91/271/CEE, traspuesta a la legislación