Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063465)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Valdehúncar. Expte.: IA19/1017.
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NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

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nacional mediante Resolución de 6 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de
Medio Ambiente, por la que se declaran zonas sensibles en las cuencas intercomunitarias, publicada en el BOE el miércoles 20 de febrero de 2019 con número 44.
— Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
Se informa favorablemente a la documentación enviada, de cara a la futura tramitación
del expediente. En el documento definitivo se deberá: sustituir la referencia del camino
del cementerio de la página 6 de la memoria del catálogo por “Cementerio y camino de
acceso”, e incluir las referencias de los elementos catalogados E.04, B.01 y B.03 para
su identificación en el plano de ordenación OE.3.1.
— Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias.
Se comprueba que dicho Plan General Municipal no afecta a ninguna carretera de la red
autonómica en todo el término municipal, por lo que no procede emisión de informe
vinculante, en cuanto a las competencias que tiene atribuidas.
— Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Informa favorablemente el Plan General Municipal, condicionado a la modificación del
cuadro incluidos en el artículo 3.2.16.1 “Suelo Rústico Protegido de Cauces SRP-A”
haciendo autorizables los usos de extracción de áridos, extracción de rocas, minerales
industriales, metálicos y energéticos y extracción de agua mineral, tal y como se indica
en el artículo 3.2.3, considerando que ha sido un error de transcripción en la nueva
modificación del Plan General Municipal.
— Secretaría General. Consejería de Educación y Empleo.
No se observan consideraciones que menoscaben los intereses defendidos por esta
Consejería, por lo que se emite informe favorable desde esta Secretaría General.
— Dirección General de Salud Pública.
Una vez revisada la documentación, se informa favorablemente al respecto.
— Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias.
Una vez revisada la documentación indicada en la solicitud, y previa consulta en tal
sentido al Servicio Extremeño de Salud (SES) y al Servicio Extremeño de Promoción de
la Autonomía y Atención de la Dependencia (SEPAD), no se considera necesario realizar
alegaciones a la misma ni reserva de suelo en el proyecto del Plan General Municipal,
para equipamientos públicos destinados con destino público sanitario-asistencial.