Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063387)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una construcción de planta de hormigón, promovida por Felipe Sierra e Hijos, SL, en el término municipal de Castilblanco (Badajoz).
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
Vertidos al DPH:
De acuerdo con la documentación aportada, no se contemplan vertidos al DPH, pues
se instalará una fosa séptica estanca para contener las aguas residuales de origen
humano. En este caso no se consideraría necesario tramitar autorización de vertido, a
que hace referencia el artículo 100 del TRLA. Sin embargo, al objeto de garantizar la no
afección a las aguas subterráneas, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
– El depósito para almacenamiento de aguas residuales debe ubicarse a más de 40
metros del DPH.


– El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 40 metros
de cualquier pozo.



–S
 e debe garantizar la completa estanqueidad de la referida fosa, para ello debe tener a disposición de los Organismos encargados de velar por la protección del medio
ambiente, a petición del personal acreditado por los mismos, el correspondiente certificado suscrito por técnico competente.



– En la parte superior del depósito se debe instalar una tubería de ventilación al objeto
de facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.

– El depósito debe ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado,
con la periodicidad adecuada para evitar el riesgo de rebosamiento del mismo. A tal
efecto, debe tener a disposición de los Organismos encargados de velar por la protección del medio ambiente, a petición del personal acreditado por los mismos, la
documentación que acredite la recogida y destino adecuados de las aguas residuales
acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, deberá comunicar a dichos Organismos
cualquier incidencia que pueda ocurrir.


– El Ayuntamiento de Castilblanco, en relación con la solicitud presentada por la empresa Felipe Sierra e Hijos, SL, en la que solicita informe de compatibilidad urbanística
para la implantación de una planta para la fabricación de hormigón en la parcela catastral 474 del polígono 14 del T.M. de Castilblanco, una vez examinada la documentación que se aporta junto con la solicitud,