Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063371)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para los trabajadores de la empresa UTE Limpieza de Plasencia, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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CAPITULO VI
Seguridad y salud laboral
Artículo 30. Seguridad y salud en el trabajo.
En materia de seguridad y salud en el trabajo se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
CAPITULO VII
Igualdad de trato y oportunidades entre Mujeres y Hombres
1. Las partes firmantes del Convenio, impulsarán el análisis y la promoción de iniciativas que
respondan a cuestiones relacionadas con el principio de –igualdad de trato y oportunidades
entre mujeres y hombres– y de no discriminación en las condiciones laborales por razones
de género, estado civil, edad, raza, nacionalidad, condición social, ideas religiosas o políticas,
afiliación o no a un sindicato, así como por razones de lengua, dentro del Estado español, todo
ello, de conformidad a la legislación vigente y en especial, a lo regulado en la Ley de Igualdad
Efectiva entre Mujeres y Hombres, que entró en vigor el día 24 de marzo de 2007.
2. E
 ste compromiso conlleva remover los obstáculos que puedan dificultar o incidir en el no
cumplimiento de la igualdad de condiciones entre mujeres y hombres, así como poner en
marcha medidas de acción positivas u otras necesarias para corregir posibles situaciones
de discriminación, entre otras, las políticas de contratación, empleo, igualdad de oportunidades, etc.
A tal finalidad, ambas partes llegan a los siguientes acuerdos:
— Los procedimientos de selección que impliquen promoción respetarán el principio de
igualdad de oportunidades.
— En materia de contratación, se promoverá el que, a igual mérito y capacidad se contemple positivamente el acceso del género menos representado.
— Las ofertas de empleo se redactarán de modo que no contengan mención alguna que induzca a pensar que las mismas se dirigen exclusivamente a personas de uno u otro género.
En este sentido, las partes reconocen de forma expresa la aplicación del Plan de Igualdad suscrito entre Valoriza Servicios Medioambientales, SA, y los sindicatos UGT y CCOO (publicado
en el BOE Núm. 76 de 29 de marzo de 2019) cuya vigencia es de cuatro años, extendiéndose
ésta desde el 02 de octubre de 2018 hasta el 02 de octubre de 2022 y manteniéndose vigente
hasta que se apruebe uno nuevo.