Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063357)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de la empresa G.D. Energy Services, SAU, y sus personas trabajadoras del centro de trabajo de la Central Nuclear de Almaraz (Cáceres) adscritos al servicio de limpieza y descontaminación de edificios industriales".
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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e) 1 día de licencia para acompañar a parientes hasta el segundo grado de consanguinidad
o afinidad incluidas las parejas de hecho, previo aviso y justificación a consultorios médicos y 1 día adicional para acompañar a parientes de segundo grado de consanguinidad o afinidad incluidas las parejas de hecho, previo aviso y justificación a consultorios
médicos especialistas.
f) Un día en caso de fallecimiento de familiar de tercer grado de consanguinidad o afinidad.
g) Un día por traslado del domicilio habitual.
h) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter
público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una
norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga
en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo
debido en más de un veinte por ciento de las horas laborables en un periodo de tres
meses, podrá la empresa pasar al trabajador/a afectado a la situación de excedencia
regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis del Estatuto de los Trabajadores.
En el supuesto de que la persona trabajadora, por cumplimiento del deber o desempeño
del cargo perciba una indemnización, se descontara el importe de la misma del salario
a que tuviera derecho en la empresa.
i) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
j) Las personas trabajadoras afectadas por este Convenio, disfrutarán de cinco días de asuntos propios en el año 2022. Estas licencias quedan regladas con las siguientes condiciones:


1) Deberá preavisarse por escrito con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación



2) D
 ichos permisos no podrán ser disfrutados al mismo tiempo, por un número de personas trabajadoras que pueda afectar al normal funcionamiento de los servicios contratados fijándose este número en como máximo el 25% de la plantilla disponible.



3) N
 o podrán acumularse a vacaciones, pero si a las licencias retribuidas.

4) Los trabajadores con al menos tres meses de antigüedad en la Empresa tendrán
derecho a disfrutar la parte proporcional de los 5 días de asuntos propios en relación
con la antigüedad en la empresa.
2. Maternidad/Paternidad: respecto de la Maternidad/Paternidad, se estará a lo dispuesto en
la legislación vigente en cada momento.