Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063350)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de sector "Hostelería de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022
54899
Año 2023: Se incrementaran los salarios en un 1,75 % sobre los salarios del año 2022, con
cláusula de revisión salarial del IPC real de 2.023 con un máximo del 3,5%.
Artículo 25. Anticipos.
La persona trabajadora tendrá derecho a percibir anticipos a cuenta por el trabajo ya realizado, sin que puedan exceder del noventa por ciento del importe del salario. Las empresas
harán efectivos dichos anticipos en un plazo de setenta y dos horas desde la fecha de petición.
Artículo 26. Gratificaciones extraordinarias.
Se establece para todas personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio tres pagas
extraordinarias equivalentes cada una de ellas a una mensualidad del salario que figura en la
tabla anexa más el complemento de antigüedad consolidada. Estas se abonarán coincidiendo
con las primeras quincenas de los meses de julio, octubre y diciembre.
Efectos de devengos,
La paga de julio, se devengará de 1 de julio al 30 de junio,
La de diciembre, del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
La de octubre, del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Dicha paga, podrá prorratearse
mes a mes, o abonarse de una vez, durante la primera quincena del mes de octubre de cada
año en curso.
Artículo 27. Horas extraordinarias.
Ante la grave situación de paro existente y con el objeto de favorecer la creación de empleo,
ambas partes acuerdan la conveniencia de reducir al mínimo indispensable las horas extraordinarias con arreglo al siguiente criterio:
1.°. Horas extraordinarias: Las mínimas indispensables.
2.°. Horas extraordinarias que vengan exigidas por las necesidades, reparar siniestros u
otros danos extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgo y pérdidas de materias primas, realización.
La Dirección de la empresa informará mensualmente al Comité de Empresa o Delegados de Personal sobre el número de horas extraordinarias especificando las causas.
De acuerdo a los criterios arriba señalados, las empresas y los representantes de los
trabajadores determinarán el carácter y naturaleza de las horas extraordinarias.
Viernes 11 de noviembre de 2022
54899
Año 2023: Se incrementaran los salarios en un 1,75 % sobre los salarios del año 2022, con
cláusula de revisión salarial del IPC real de 2.023 con un máximo del 3,5%.
Artículo 25. Anticipos.
La persona trabajadora tendrá derecho a percibir anticipos a cuenta por el trabajo ya realizado, sin que puedan exceder del noventa por ciento del importe del salario. Las empresas
harán efectivos dichos anticipos en un plazo de setenta y dos horas desde la fecha de petición.
Artículo 26. Gratificaciones extraordinarias.
Se establece para todas personas trabajadoras afectadas por el presente Convenio tres pagas
extraordinarias equivalentes cada una de ellas a una mensualidad del salario que figura en la
tabla anexa más el complemento de antigüedad consolidada. Estas se abonarán coincidiendo
con las primeras quincenas de los meses de julio, octubre y diciembre.
Efectos de devengos,
La paga de julio, se devengará de 1 de julio al 30 de junio,
La de diciembre, del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
La de octubre, del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Dicha paga, podrá prorratearse
mes a mes, o abonarse de una vez, durante la primera quincena del mes de octubre de cada
año en curso.
Artículo 27. Horas extraordinarias.
Ante la grave situación de paro existente y con el objeto de favorecer la creación de empleo,
ambas partes acuerdan la conveniencia de reducir al mínimo indispensable las horas extraordinarias con arreglo al siguiente criterio:
1.°. Horas extraordinarias: Las mínimas indispensables.
2.°. Horas extraordinarias que vengan exigidas por las necesidades, reparar siniestros u
otros danos extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgo y pérdidas de materias primas, realización.
La Dirección de la empresa informará mensualmente al Comité de Empresa o Delegados de Personal sobre el número de horas extraordinarias especificando las causas.
De acuerdo a los criterios arriba señalados, las empresas y los representantes de los
trabajadores determinarán el carácter y naturaleza de las horas extraordinarias.