Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Pruebas Selectivas. (2022081840)
Anuncio de 4 de noviembre de 2022 sobre procedimiento de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en las empresas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU y Extremadura Avante, SLU.
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022

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suponga una merma de la posibilidad de que otras personas puedan acceder a los procedimientos que se convoquen, de conformidad con lo previsto por el artículo 23 de la Constitución Española.
2.2 Sistemas selectivos a utilizar:
2.2. A) Proceso de estabilización de la disposición adicional sexta y octava.
En aplicación de la disposición adicional 6ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público será el siguiente:
Concurso de valoración de méritos, con una puntuación de 100 puntos y consistirán en la
valoración de los siguientes méritos:
a) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 80 puntos con un periodo máximo de cómputo de servicios de 11 años de acuerdo con la siguiente puntuación:


a.1. S
 ervicios prestados en la empresa convocante como personal eventual en el mismo Grupo o Clasificación profesional y Área o Programa a la que se desea acceder,
hasta un máximo de 80 puntos a razón de 0,61 por mes o fracción.



a.2. S
 ervicios prestado como personal eventual en el mismo Grupo o Clasificación profesional adscrito a la empresa convocante, hasta un máximo de 16 puntos a razón
de 0,122 puntos por mes o facción.



a.3. S
 ervicios prestados como personal eventual en sector público institucional o empresas públicas estatales ó autonómicas con entidad jurídica similar a la empresa
convocante cuando el Grupo o Clasificación profesional y Área o Programa, en su
caso, donde se haya prestado los servicios sea similar al Grupo o Clasificación
profesional y Área o Programa a la que se opta, y siempre que se trate del mismo
Grupo, en su caso, de Titulación, hasta una puntuación máximo de 8 puntos, a
razón de 0,061 por mes o fracción.

b) Méritos académicos, con una puntuación máxima de 20 puntos.


b.1) Titulación académica. Se valorará con 20 puntos la titulación académica de nivel
igual o superior y distinta a la requerida para el acceso al Grupo que la plaza convocada en el mismo Grupo y Categoría profesional en la empresa convocante.

En todo caso se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado relativo a la prohibición de que los procesos sean restringidos. Ello implica que ni formal ni materialmente
suponga la imposibilidad real de que personas distintas de quienes vengan ocupando
las plazas que se convoquen, se presenten a las mismas.