Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063142)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022.
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022
54475
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los
términos previstos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de empresas beneficiarias como las ayudas concedidas serán también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, se procederá a publicar el correspondiente anuncio en la web
www.extremaduraavante.es, en el que se incluirán los objetivos de estas actividades, los
beneficiarios, los requisitos de acceso y de selección de los beneficiarios del programa, el
periodo de ejecución, así como aquellas actividades cuyo gastos resulten susceptibles de
ayuda, con independencia de la aporobación de las correspondientes Bases Reguladoras.
1.9. Compromisos de los beneficiarios:
Los beneficiarios de las ayudas deberán:
• Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención, en la forma y plazos
establecidos en la correspondiente convocatoria.
• Justificar ante el órgano concedente, en los términos previstos en la convocatoria y demás legislación concordante, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la
realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución
de concesión de subvención.
• Someterse a las actividades de comprobación a efectuar por el órgano concedente, a
las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Junta de Extremadura y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, así como, en su
caso, a las de las instituciones de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea
requerida en el ejercicio de estas actividades.
• No solicitar ni obtener cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a
los presupuestos de la Junta de Extremadura por los mismos conceptos, para el mismo
proyecto o actividad.
• Las entidades beneficiarias deberán estar en posesión de cuantas autorizaciones y licencias exija la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo ser requeridas
en cualquier momento por el órgano concedente de la subvención para la acreditación
documental de dichos extremos.
Jueves 10 de noviembre de 2022
54475
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los
términos previstos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de empresas beneficiarias como las ayudas concedidas serán también publicados en la web www.extremaduraavante.es.
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, se procederá a publicar el correspondiente anuncio en la web
www.extremaduraavante.es, en el que se incluirán los objetivos de estas actividades, los
beneficiarios, los requisitos de acceso y de selección de los beneficiarios del programa, el
periodo de ejecución, así como aquellas actividades cuyo gastos resulten susceptibles de
ayuda, con independencia de la aporobación de las correspondientes Bases Reguladoras.
1.9. Compromisos de los beneficiarios:
Los beneficiarios de las ayudas deberán:
• Cumplir el objetivo que fundamenta la concesión de la subvención, en la forma y plazos
establecidos en la correspondiente convocatoria.
• Justificar ante el órgano concedente, en los términos previstos en la convocatoria y demás legislación concordante, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la
realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la resolución
de concesión de subvención.
• Someterse a las actividades de comprobación a efectuar por el órgano concedente, a
las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Junta de Extremadura y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, así como, en su
caso, a las de las instituciones de la Unión Europea, aportando cuanta información le sea
requerida en el ejercicio de estas actividades.
• No solicitar ni obtener cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a
los presupuestos de la Junta de Extremadura por los mismos conceptos, para el mismo
proyecto o actividad.
• Las entidades beneficiarias deberán estar en posesión de cuantas autorizaciones y licencias exija la legislación vigente para el ejercicio de su actividad, pudiendo ser requeridas
en cualquier momento por el órgano concedente de la subvención para la acreditación
documental de dichos extremos.