Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063142)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio por el que se formalizan tres transferencias específicas de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar actuaciones de internacionalización de la empresa extremeña 2021-2022.
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022

54466

Para la anualidad 2023, las justificaciones a presentar por Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, a efectos de proceder al pago de los últimos anticipos correspondientes con cargo a la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a
la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, deben presentarse hasta el 15
de junio de 2023.
2. L
 os últimos gastos pendientes de justificar, se deberán presentar antes del día 31 de marzo
del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjuntan como anexo IV de este convenio. Para la anualidad 2023, los últimos gastos pendientes
de justificar con cargo a la transferencia específica Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme. Ayudas para acciones de promoción internacional, se deberán presentar
antes del día 31 de julio de 2023.
3. N
 o obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU podrá renunciar,
siempre que esté suficientemente motivado a los pagos que no se hayan realizado por
parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando
que no va a ejecutar gasto por el importe no ejecutado de la transferencia correspondiente,
al que acompañará una certificación del representante legal de la misma en la que conste
el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos co­
rrespondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto
realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU”.
Cuarta. Modificación de la cláusula novena del convenio.
Se modifica la cláusula novena relativa a la eficacia del convenio, que queda con la siguiente
redacción:
“El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 30 de
junio de 2023. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución de los programas,
el plazo y la forma de justificar cada una de las transferencias.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente Convenio no
supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las
partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación
mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin
perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución”.