Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022050200)
Orden de 3 de noviembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de mínimis destinadas a promover, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la sostenibilidad económica de las empresas de transporte público afectadas por el encarecimiento del precio de los carburantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 215
Miércoles 9 de noviembre de 2022
54150
Artículo 12. Solicitud.
1. El plazo de presentación de solicitudes destinadas a la participación en la convocatoria
comprenderá, desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es) de la Resolución de convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 30 de noviembre del año que corresponda a dicha publicación.
2. El modelo normalizado de solicitud y anexos se pondrán a disposición de los interesados en
el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es),
en el apartado de Solicitud y Anexos del trámite.
Únicamente podrá formularse una solicitud por empresa de transporte. En el supuesto de
que se presentara más de una por la misma interesada, sólo podrá tramitarse la primera
petición formulada, con inadmisión de las posteriores.
3. Las solicitudes podrán formularse dentro del plazo indicado en el apartado 1 y se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de
Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE). Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá́ ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos
anexos a la misma.
Las personas físicas, con el fin de validar y segurizar su acceso al portal de sede electrónica, se requerirá́ el uso de DNI electrónico o certificado digital FNMT de persona física. En
caso de no disponer de ellos, podrán obtenerse en las direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRFI_Cons02.action?pag=REF_009,
y http://www.cert.fnmt-es/ Si se actúa como representante, deberá realizarse previamente la inscripción en el Registro electrónico de representantes de la Junta de Extremadura.
Dicha representación se tramitará por sede electrónica o bien se otorgará mediante comparecencia ante los funcionarios de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía y se hará
efectiva a través de las vías posibles de presentación que se determinen en la resolución
de convocatoria.
No obstante todo lo anterior, en el caso de que no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios, circunstancia que se determinará en la correspondiente convocatoria,
todas las personas solicitantes podrán presentar las solicitudes en las oficinas del Sistema
de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto 257/2009, de 18 de
diciembre, así́ como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Miércoles 9 de noviembre de 2022
54150
Artículo 12. Solicitud.
1. El plazo de presentación de solicitudes destinadas a la participación en la convocatoria
comprenderá, desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es) de la Resolución de convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 30 de noviembre del año que corresponda a dicha publicación.
2. El modelo normalizado de solicitud y anexos se pondrán a disposición de los interesados en
el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es),
en el apartado de Solicitud y Anexos del trámite.
Únicamente podrá formularse una solicitud por empresa de transporte. En el supuesto de
que se presentara más de una por la misma interesada, sólo podrá tramitarse la primera
petición formulada, con inadmisión de las posteriores.
3. Las solicitudes podrán formularse dentro del plazo indicado en el apartado 1 y se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de
Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE). Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá́ ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos
anexos a la misma.
Las personas físicas, con el fin de validar y segurizar su acceso al portal de sede electrónica, se requerirá́ el uso de DNI electrónico o certificado digital FNMT de persona física. En
caso de no disponer de ellos, podrán obtenerse en las direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRFI_Cons02.action?pag=REF_009,
y http://www.cert.fnmt-es/ Si se actúa como representante, deberá realizarse previamente la inscripción en el Registro electrónico de representantes de la Junta de Extremadura.
Dicha representación se tramitará por sede electrónica o bien se otorgará mediante comparecencia ante los funcionarios de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía y se hará
efectiva a través de las vías posibles de presentación que se determinen en la resolución
de convocatoria.
No obstante todo lo anterior, en el caso de que no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios, circunstancia que se determinará en la correspondiente convocatoria,
todas las personas solicitantes podrán presentar las solicitudes en las oficinas del Sistema
de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por Decreto 257/2009, de 18 de
diciembre, así́ como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.