Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transportes. Ayudas. (2022050200)
Orden de 3 de noviembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de mínimis destinadas a promover, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la sostenibilidad económica de las empresas de transporte público afectadas por el encarecimiento del precio de los carburantes.
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NÚMERO 215

54147

Miércoles 9 de noviembre de 2022

MERCANCÍAS
CONCEPTO

TIPO DE
AUTORIZACIÓN

MERCANCÍAS

DISCRECIONAL DISCRECIONAL
PESADO (MDP)

LIGERO (MDL)

MDPE

MDLE

200 EUROS

VIAJEROS
(AUTORIZACIONES
TRANSPORTE

VEH.
TAXI

CONDUCTOR

PÚBLICO)
VDE

150 EUROS POR

VT

150

IMPORTE

POR EMPRESA Y 250 EUROS POR EMPRESA Y 142,50

EUROS

(EUROS)

187,50 EUROS

EUROS POR

POR

VEHÍCULO

VEHÍCULO

VEHÍCULO

POR VEHÍCULO

ALQ. CON

VTC

150 EUROS
POR
VEHÍCULO

2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el número máximo de vehículos a considerar por cada clase de autorización, para la primera convocatoria en el ejercicio 2022,
serán los siguientes:
Número máximo de vehículos subvencionables con autorización MDPE: 7.299
Número máximo de vehículos subvencionables con autorización MDLE: 2.356
Número máximo de vehículos subvencionables con autorización VDE: 1.042
Número máximo de vehículos subvencionables con autorización VT: 882
Número máximo de vehículos subvencionables con autorización VTC: 194

Artículo 8. Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las empresas beneficiarias quedarán sujetas al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Encontrarse en la situación que fundamenta la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones
para acceder a la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así
como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de