Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063345)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de residencia de apoyo intermitente o limitado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022

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legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de seguridad social
y de seguridad y salud en el trabajo.
Especialmente, la entidad prestadora del servicio deberá acreditar la afiliación y el alta en
la seguridad social de las personas trabajadoras destinadas a su prestación. Esta obligación se extenderá, en su caso, a todo el personal subcontratado por la entidad prestadora
del servicio destinada a su prestación.
Asimismo, deberá acreditarse que la contratación del personal está sometido conforme al
Convenio Colectivo general de centros de servicios de atención a la discapacidad en vigor.
La entidad titular del servicio concertado estará obligada a mantener durante toda la vigencia del concierto un seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo de 300.000
euros, para la cobertura de los siguientes riesgos:
— Los daños que puedan sufrir cualesquiera personas, en sí mismas o sus bienes, y que se
derivan de la prestación del servicio, tanto fuera como dentro del establecimiento donde
se desarrollan.
— Los daños que pueden causar a las personas y a los bienes de terceros, los profesionales
y en general cualquier persona que lleve a cabo la prestación del servicio, tanto fuera
como dentro del establecimiento.
7. Plazo de ejecución.
Conforme a lo establecido en la disposición transitoria única del Decreto 122/2022, de 28
de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos
sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, los conciertos que se suscriban tendrán una duración de doce meses,
iniciando su vigencia a partir del 2 de octubre de 2022 hasta el 1 de octubre de 2023.
8. Penalidades.
En cuanto a las penalidades a aplicar, se contemplan las siguientes:
1. I ncumplimiento total o parcial de la ejecución de la prestación del servicio:


— El primer incumplimiento tendrá la consideración de infracción leve con una penalización del 1% del precio total del concierto.



— El segundo incumplimiento tendrá la consideración de infracción grave con una penalización del 3% del precio total del concierto.