Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063094)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, para formalizar la concesión directa de una subvención para financiar la ejecución de las obras de mejora de la eficiencia energética en la UEX.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022

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en las viviendas”, Objetivo específico 4.3.1: “Mejorar la eficiencia energética y reducción de
emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos”.
Todas las actuaciones subvencionables deberán haberse realizado entre el día 1 de abril de
2022 y el 31 de diciembre de 2023.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Se establecerá una Comisión de Seguimiento para garantizar la ejecución, seguimiento y el
correcto cumplimiento del presente Convenio, presidida por el Director General de Política
Universitaria, o persona en quien delegue, y compuesta por los siguientes representantes:
1. P
 or la Universidad de Extremadura:


a. P
 ersona titular del vicerrectorado de Economía, o persona en quien delegue.



b. P
 ersona titular de la Unidad Técnica de Obras y Mantenimiento, o persona en quien
delegue.

2. P
 or la Junta de Extremadura:


a. L
 a persona titular de la Jefatura de Servicio de Universidad e Investigación, o persona en quien delegue.



b. L
 a persona titular de la Jefatura de Sección de Gestión Académica, que actuará además como secretario.

Las funciones de la Comisión Seguimiento serán:
1. V
 elar por el correcto desarrollo de la ejecución del presente Convenio.
2. A
 nte los posibles problemas que pudieran surgir en la ejecución de las actividades señaladas en este Convenio, la Comisión de Seguimiento podrá acordar la propuesta de
soluciones para la realización de las actuaciones o bien el establecimiento de nuevas
acciones de eficiencia energética imbricadas con las planteadas que puedan ser complementarias o sustitutivas con las mismas.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será establecido en la Sección III del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del
Sector Público, para órganos colegiados.