Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063081)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la "Realización de actividades de vigilancia, información e investigación de la calidad del aire en Extremadura. Anualidades 2022-2023". Expte.:1855999FD022.
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NÚMERO 214

53875

Martes 8 de noviembre de 2022

Duodécima. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes.
Cuando alguna de las partes considere que cualquiera de las otras partes está incumpliendo
los compromisos adquiridos en el presente convenio, se lo notificará mediante comunicación
fehaciente e indicará las causas que originan dicho incumplimiento. Este requerimiento será
comunicado igualmente a los representantes de la Comisión mixta de Seguimiento. La otra
parte podrá subsanar dicha situación en un plazo no superior a un mes, a contar desde la fecha de envío de la notificación. En todo caso, la Comisión mixta de Seguimiento podrá decidir
sobre la adopción inmediata de las medidas correctoras oportunas para garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el presente convenio.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento y pese a la actuación de la Comisión mixta
de seguimiento, persistiera el incumplimiento, se entenderá resuelto el convenio con la parte
que haya incumplido sus obligaciones y compromisos.
Decimotercera. Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando fuera del ámbito de aplicación
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Asimismo, queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en
el apartado a) del artículo 3 de la citada Ley.
El presente convenio se regirá por lo dispuesto en sus cláusulas y en lo no previsto en el artículo 53, de la firma de convenios y acuerdos y los que sean de aplicación de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, será de aplicación lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de los
convenios, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Habiéndose leído el presente convenio por las partes aquí reunidas y hallándose conforme lo
firman por cuadruplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.
La Consejera para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad,
PA, (Resolución de 20 de noviembre de
2019, de la Consejera,
DOE n.º 228 de 26 de noviembre de 2019).
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA

El Rector Mágnifico de la Universidad de
Extremadura,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA