Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040147)
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022

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4. L
 a resolución del procedimiento de concesión de subvenciones se notificará
individualmente a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos
40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, las notificaciones y comunicaciones
que se produzcan con los interesados, se realizarán a través de medios electrónicos
como se prevé en el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento
de concesión de estas subvenciones, así como en cualquier otro procedimiento a
realizar para la gestión de las mismas, se realizarán a través de los medios electrónicos
habilitados a tal efecto. La notificación de los actos administrativos para la tramitación
del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se realizará mediante la comparecencia en sede electrónica de la Junta de
Extremadura, entendiéndose practicadas las notificaciones desde el momento en que se
produzca el acceso a su contenido.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el
párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso
en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante
el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá
acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la Junta
de Extremadura. Excepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones
administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
5. 
Contra las resoluciones del procedimiento de concesión de subvenciones podrá
interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Economía, Ciencia
y Agenda Digital, en el plazo de un mes, en el caso de resoluciones expresas, o en
cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación
de la ayuda por silencio administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que
estime oportuno.
6. L
 a información sobre las concesiones de subvenciones realizadas al amparo de este
decreto será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en los
términos establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la
normativa de desarrollo de dicha obligación.