Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040147)
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022
53557
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio
de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que considere procedente.
Artículo 23. Información y publicidad.
1. L
a publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo
18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante su publicación en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019,
de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la
publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Toda referencia a la actuación objeto de las ayudas reguladas por este decreto, en
publicaciones, material inventariable, actividades de difusión, páginas web y otros
resultados, y en general, en cualesquiera medios de difusión, debe cumplir con los
requisitos que figuren en el Manual de Marca del PRTR, de mayo de 2021, de la Secretaría
de Estado de Comunicación, del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática, que estará disponible en la Web de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el que figurarán el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital como entidad financiadora, y el logotipo del presente
Programa UNICO - Edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, todo ello conforme a lo que se
establezca al respecto, y en los términos previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y en el artículo 31 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta
y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que
diga «financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU», junto al logotipo del PRTR,
disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Además, las instalaciones objeto de ayudas deberán estar señalizadas de acuerdo con lo
que se indique en el manual a que hace referencia este apartado.
2.
Asimismo, tanto en la convocatoria de las comunidades autónomas y de las ciudades
de Ceuta y Melilla, como en la resolución que se notifique a los destinatarios últimos,
deberá mencionarse el Programa UNICO-Edificios, el Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y
Lunes 7 de noviembre de 2022
53557
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio
de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que considere procedente.
Artículo 23. Información y publicidad.
1. L
a publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo
18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante su publicación en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019,
de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la
publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Toda referencia a la actuación objeto de las ayudas reguladas por este decreto, en
publicaciones, material inventariable, actividades de difusión, páginas web y otros
resultados, y en general, en cualesquiera medios de difusión, debe cumplir con los
requisitos que figuren en el Manual de Marca del PRTR, de mayo de 2021, de la Secretaría
de Estado de Comunicación, del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática, que estará disponible en la Web de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, en el que figurarán el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital como entidad financiadora, y el logotipo del presente
Programa UNICO - Edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, todo ello conforme a lo que se
establezca al respecto, y en los términos previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y en el artículo 31 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto
887/2006, de 21 de julio.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta
y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que
diga «financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU», junto al logotipo del PRTR,
disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Además, las instalaciones objeto de ayudas deberán estar señalizadas de acuerdo con lo
que se indique en el manual a que hace referencia este apartado.
2.
Asimismo, tanto en la convocatoria de las comunidades autónomas y de las ciudades
de Ceuta y Melilla, como en la resolución que se notifique a los destinatarios últimos,
deberá mencionarse el Programa UNICO-Edificios, el Ministerio de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y