Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040147)
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022
53548
a) Destinar el importe íntegro de la ayuda que reciban al pago de las correspondientes
actuaciones subvencionables.
b) Ejecutar los servicios y acciones que fundamentaron la concesión de la ayuda de
conformidad con las características y contenido recogido en el presente decreto.
c) Asumir la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la
Junta de Extremadura.
d) Asumir el mantenimiento del proyecto implantado durante la vigencia de los fondos
“NextGenerationUE”.
e) A
sumir en su totalidad, la cuantía de la inversión que sobrepase la cuantía de la
subvención otorgada.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de dichos fondos
pueda efectuar la Consejería con competencias en agenda digital, así como cualesquiera
otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea
requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En cualquier momento, la Junta
de Extremadura podrá efectuar las inspecciones precisas al efecto de comprobar la
realidad de la ejecución, el importe de las inversiones efectuadas y el cumplimiento
de los plazos previstos. A tal fin podrá consultar los libros de órdenes de las obras o
documento similar.
g) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que
realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria,
el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión
Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa
aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando
para ello cuanta información le sea requerida.
h) P
restar colaboración y a facilitar cuanta documentación les sea requerida por los órganos
competentes de la Junta de Extremadura.
i) Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las
declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.
Lunes 7 de noviembre de 2022
53548
a) Destinar el importe íntegro de la ayuda que reciban al pago de las correspondientes
actuaciones subvencionables.
b) Ejecutar los servicios y acciones que fundamentaron la concesión de la ayuda de
conformidad con las características y contenido recogido en el presente decreto.
c) Asumir la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la
Junta de Extremadura.
d) Asumir el mantenimiento del proyecto implantado durante la vigencia de los fondos
“NextGenerationUE”.
e) A
sumir en su totalidad, la cuantía de la inversión que sobrepase la cuantía de la
subvención otorgada.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de dichos fondos
pueda efectuar la Consejería con competencias en agenda digital, así como cualesquiera
otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea
requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En cualquier momento, la Junta
de Extremadura podrá efectuar las inspecciones precisas al efecto de comprobar la
realidad de la ejecución, el importe de las inversiones efectuadas y el cumplimiento
de los plazos previstos. A tal fin podrá consultar los libros de órdenes de las obras o
documento similar.
g) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que
realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria,
el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión
Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa
aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando
para ello cuanta información le sea requerida.
h) P
restar colaboración y a facilitar cuanta documentación les sea requerida por los órganos
competentes de la Junta de Extremadura.
i) Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las
declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.