Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Ayudas. (2022040147)
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022
53547
con los interesados, se realizarán a través de medios electrónicos como se prevé en el
artículo 3.2 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión de estas subvenciones, así como en cualquier otro procedimiento a realizar para
la gestión de las mismas, se realizarán a través de los medios electrónicos habilitados a tal
efecto. La notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento,
de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará
mediante la comparecencia en sede electrónica de la Junta de Extremadura, entendiéndose
practicadas las notificaciones desde el momento en que se produzca el acceso a su
contenido.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se
le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través
del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Excepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá
realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
5. Contra las resoluciones del procedimiento de concesión de subvenciones podrá interponerse
recurso de alzada ante el titular de la Consejería con competencias en agenda digital, en
el plazo de un mes, en el caso de resoluciones expresas, o en cualquier momento a partir
del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación de la ayuda por silencio
administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime oportuno.
6. L
a información sobre las concesiones de subvenciones realizadas al amparo de este decreto
será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en los términos
establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la normativa de
desarrollo de dicha obligación.
Artículo 17. Obligaciones de los destinatarios de las ayudas.
1. L
os destinatarios últimos de las ayudas de las subvenciones tendrán las siguientes
obligaciones:
Lunes 7 de noviembre de 2022
53547
con los interesados, se realizarán a través de medios electrónicos como se prevé en el
artículo 3.2 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión de estas subvenciones, así como en cualquier otro procedimiento a realizar para
la gestión de las mismas, se realizarán a través de los medios electrónicos habilitados a tal
efecto. La notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento,
de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará
mediante la comparecencia en sede electrónica de la Junta de Extremadura, entendiéndose
practicadas las notificaciones desde el momento en que se produzca el acceso a su
contenido.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la
dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se
le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través
del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Excepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá
realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
5. Contra las resoluciones del procedimiento de concesión de subvenciones podrá interponerse
recurso de alzada ante el titular de la Consejería con competencias en agenda digital, en
el plazo de un mes, en el caso de resoluciones expresas, o en cualquier momento a partir
del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación de la ayuda por silencio
administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime oportuno.
6. L
a información sobre las concesiones de subvenciones realizadas al amparo de este decreto
será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en los términos
establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la normativa de
desarrollo de dicha obligación.
Artículo 17. Obligaciones de los destinatarios de las ayudas.
1. L
os destinatarios últimos de las ayudas de las subvenciones tendrán las siguientes
obligaciones: