Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2022040183)
Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022



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— Caso G2: instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/ refrigeración
en circuito cerrado con intercambio vertical, con sondeos, para un edificio: Coste
elegible máximo (€) = 4.000 * P(0,83).



— Caso GR1: instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/ refrigeración en circuito abierto, para generación de calor y/o frío centralizadas, incluyendo
red de distribución y de intercambio a los usuarios, que dé servicio a varios edificios:
Coste elegible máximo (€) = 2.600 * P(0,83).



— Caso GR2: instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/ refrigeración en circuito cerrado, para generación de calor y/o frío centralizadas, incluyendo
red de distribución y de intercambio a los usuarios, que dé servicio a varios edificios:
Coste elegible máximo (€) = 5.000 * P(0,83).

II.3. Subtipología 2.3: Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
1. O
 bjetivo. Reducir el consumo de energía convencional en edificios existentes mediante
el uso de biomasa como combustible para calefacción, climatización y producción de
agua caliente sanitaria y climatización de piscinas.
2. A
 ctuaciones subvencionables. Serán actuaciones subvencionables las realizadas en instalaciones de calefacción, climatización, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas que incluyan sistema de intercambio humos/agua y que sustituyan
a instalaciones de energía convencional existentes en edificios, incluyendo inversiones
en redes de calor y/o frío o su ampliación. Se considera que una instalación pertenece
a la actuación de redes de calor cuando, utilizando una o varias tecnologías renovables,
suministre energía al menos a dos centros consumidores mediante las correspondientes estaciones de intercambio. También se consideran subvencionables los aparatos de
calefacción local, es decir dispositivos de calefacción de espacios que emite calor por
transferencia directa sola o en combinación con la transferencia de calor a un fluido, a
fin de alcanzar y mantener una temperatura agradable para los seres humanos en el
espacio cerrado en el que el producto está situado, eventualmente combinado con la
producción de calor para otros espacios, y equipado con uno o más generadores que
convierten directamente los combustibles sólidos en calor, con la parte frontal cerrada.


Las instalaciones de biomasa deberán cumplir con los siguientes requisitos:



a) Las instalaciones realizadas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el
Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE).