Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2022040183)
Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022

53621

La certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y
tributarias citadas en los apartados 3 y 4 anteriores, podrá sustituirse por una declaración responsable, cuando se trate de subvenciones concedidas a otras Administraciones
o entidades públicas o de subvenciones cuya cuantía no supere los 10.000 euros. Dicha
declaración se encuentra incluida dentro del modelo de solicitud de ayuda del Anexo II del
presente decreto.
5. D
 ocumento que acredite la propiedad del edificio por parte del propietario solicitante o propietarios solicitantes de la actuación, en el caso de que el propietario solicitante se oponga
expresamente en el apartado correspondiente del anexo II relativo a la solicitud de ayuda,
a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado catastral.
En el caso de que el solicitante de la actuación no sea el propietario, se deberá aportar
adicionalmente la documentación o contrato que acredite la facultad expresa para poder
ejecutar las obras correspondientes a la actuación objeto de ayuda (contrato de arrendamiento, de explotación, etc.).
6. C
 onsulta descriptiva y gráfica de datos catastrales del inmueble en el que se van a llevar a
cabo las actuaciones que acredite el uso, a los efectos de determinar la cuantía de la ayuda, y su año de construcción que debe ser anterior a 2007, en el caso de que la persona
interesada se oponga expresamente en el apartado correspondiente del anexo II relativo a
la solicitud de ayuda, a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado catastral.
En el caso de que el solicitante de la actuación no sea el propietario, se aportará la consulta
descriptiva y gráfica de los datos catastrales del inmueble que acrediten el uso y el año de
construcción.
7. I nforme justificativo firmado por el solicitante en el que se indicarán las tipologías de actuación en las que se encuadra la ayuda solicitada, descripción de las actuaciones subvencionables, justificación del coste elegible, cuantía máxima de la ayuda solicitada.
8. C
 ertificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual, con el contenido que establece el artículo 6 del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética
de los edificios del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, firmado por técnico competente
y registrado en el registro del órgano competente de la comunidad autónoma. En caso de
la opción B se presentará certificado de eficiencia energética de la parte del edificio donde
se realizará la actuación. Este certificado se presentará en caso de haber manifestado la
persona interesada su oposición en el apartado correspondiente del anexo II relativo a la
solicitud de ayuda, a que el órgano gestor lo recabe de oficio.