Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063082)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres) sobre concesión directa de una subvención para financiar la ejecución de las obras de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR).
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022

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Régimen Local. Por tanto, deberá destinar la totalidad de los terrenos expropiados exclusivamente a las obras mencionadas en el proyecto de ejecución.
4) Recepcionar las infraestructuras, esta obligación nace desde que la obra queda a su disposición, entendiéndose la entrega y materializada por la mera notificación del Consorcio
MásMedio al Ayuntamiento de Peraleda de la Mata copia del Acta de recepción. El Ayuntamiento queda obligado a inscribir en el Registro de la Propiedad las instalaciones en el
plazo máximo de un mes a constar desde la fecha de su recepción.
5) Poner a disposición del Consorcio MásMedio las infraestructuras de la EDAR, desde el día
siguiente desde su recepción, a fin de que proceda gestionar el servicio encomendado de
saneamiento y depuración en la EDAR construida, en los términos que se fijen en el convenio de encomienda de gestión que se compromete a aprobar en el plazo de un mes desde
la firma de este convenio.
6) Destinar la totalidad de la cantidad subvencionada por la Junta de Extremadura, así como
su propia aportación, a la realización de las actuaciones objeto de la subvención, descritas
en el Anexo “Memoria de Actuaciones” adjunto a este Convenio.
7) Asumir la responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la Junta de
Extremadura, así como de los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la ejecución de
las obras, con independencia de la responsabilidad de los contratistas frente a MásMedio.
8) Compromiso a que la totalidad de las actuaciones objeto de la subvención prevista en este
Convenio estén finalizadas el día 30 de junio de 2024.
9) J ustificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así
como la realización completa de la obra y el cumplimiento de la finalidad que determinen
la concesión de la subvención. Deberá someterse a las actuaciones de comprobación de la
adecuada justificación de la subvención percibida y a aportar cuanta información le pueda
ser requerida para ello por la Junta de Extremadura, sin perjuicio de las actuaciones de
control financiero que competen a la Intervención General de la Junta de Extremadura.
10) Mantener la titularidad de la EDAR durante los siguientes siete años desde su finalización.
11) Como titular de la instalación, asumir la explotación, mantenimiento y conservación de la
depuradora resultante, desde el momento de su puesta en servicio, a través del Consorcio
MásMedio o, en su defecto, de manera directa.
12) Asumir las modificaciones del proyecto, obras complementarias, revisión de precios y
liquidaciones, así como aumentos en el coste del proyecto, dirección facultativa, como