Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063082)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres) sobre concesión directa de una subvención para financiar la ejecución de las obras de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR).
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022
53299
dicha Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes al encomendado. Si bien al día siguiente la gestión del servicio será encomendado al Consorcio
MásMedio por un período de 25 años.
No obstante, como órgano de contratación, el Consorcio MásMedio ejercerá ante el
contratista las actuaciones y reclamaciones pertinentes si en el curso del periodo de
garantía de un año, surgieran o se manifestaran vicios ocultos de los que debiera responder el contratista.
La entrega de las obras se efectuará por el Consorcio MásMedio en adecuadas condiciones de uso.
El Consorcio MásMedio se compromete a que la totalidad de las obras objeto de la financiación prevista en este Convenio estén finalizadas a fecha de 30 de junio de 2024. Este
plazo podrá ser ampliado, previa petición de la entidad beneficiaria, por un periodo de
hasta la mitad del periodo del que dispone para la ejecución de todas las obras, previa
autorización de los órganos gestores de las ayudas. Dicha petición deberá ser cursada
con una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización del plazo de ejecución,
debiendo la beneficiaria acreditar la imposibilidad de la ejecución de las obras.
C) Obligaciones de la gestión del servicio de saneamiento y depuración encomendado por
el Ayuntamiento. Asumir la puesta en marcha y gestión del servicio de saneamiento y
depuración de aguas de la EDAR objeto del presente convenio. A tal efecto, el Ayuntamiento de Peraleda, una vez recepcionadas las obras, las pondrá a disposición del
Consorcio MásMedio quien asumirá la conservación, mantenimiento y explotación de
las infraestructuras por un período de 25 años, y ello, en los términos dispuestos en el
Convenio de encomienda de gestión que se suscriba con este Ayuntamiento.
2) F
inanciar el 20% del coste de la actuación, con una aportación de 196.081,84 euros sin
perjuicio del importe que resulte de la liquidación final y con cargo a sus respectivos
presupuestos. La aportación del Ayuntamiento al Consorcio MásMedio, por importe de
196.081,84 euros se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 1623/761.
3) Poner a disposición del Consorcio MásMedio la totalidad de los terrenos necesarios para
llevar a cabo las actuaciones, así como, en su caso, de las modificaciones contractuales u
obras complementarias que sean necesarias.
En caso de que se requiera expropiar terrenos, las expropiaciones serán realizadas por el
Ayuntamiento, que asumirá la condición de beneficiario por causa de utilidad pública, toda
vez que la obra para la que los terrenos se precisan es un medio instrumental para el ejercicio de las competencias de saneamiento que le atribuye la Ley Reguladora de las Bases de
Viernes 4 de noviembre de 2022
53299
dicha Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes al encomendado. Si bien al día siguiente la gestión del servicio será encomendado al Consorcio
MásMedio por un período de 25 años.
No obstante, como órgano de contratación, el Consorcio MásMedio ejercerá ante el
contratista las actuaciones y reclamaciones pertinentes si en el curso del periodo de
garantía de un año, surgieran o se manifestaran vicios ocultos de los que debiera responder el contratista.
La entrega de las obras se efectuará por el Consorcio MásMedio en adecuadas condiciones de uso.
El Consorcio MásMedio se compromete a que la totalidad de las obras objeto de la financiación prevista en este Convenio estén finalizadas a fecha de 30 de junio de 2024. Este
plazo podrá ser ampliado, previa petición de la entidad beneficiaria, por un periodo de
hasta la mitad del periodo del que dispone para la ejecución de todas las obras, previa
autorización de los órganos gestores de las ayudas. Dicha petición deberá ser cursada
con una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización del plazo de ejecución,
debiendo la beneficiaria acreditar la imposibilidad de la ejecución de las obras.
C) Obligaciones de la gestión del servicio de saneamiento y depuración encomendado por
el Ayuntamiento. Asumir la puesta en marcha y gestión del servicio de saneamiento y
depuración de aguas de la EDAR objeto del presente convenio. A tal efecto, el Ayuntamiento de Peraleda, una vez recepcionadas las obras, las pondrá a disposición del
Consorcio MásMedio quien asumirá la conservación, mantenimiento y explotación de
las infraestructuras por un período de 25 años, y ello, en los términos dispuestos en el
Convenio de encomienda de gestión que se suscriba con este Ayuntamiento.
2) F
inanciar el 20% del coste de la actuación, con una aportación de 196.081,84 euros sin
perjuicio del importe que resulte de la liquidación final y con cargo a sus respectivos
presupuestos. La aportación del Ayuntamiento al Consorcio MásMedio, por importe de
196.081,84 euros se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 1623/761.
3) Poner a disposición del Consorcio MásMedio la totalidad de los terrenos necesarios para
llevar a cabo las actuaciones, así como, en su caso, de las modificaciones contractuales u
obras complementarias que sean necesarias.
En caso de que se requiera expropiar terrenos, las expropiaciones serán realizadas por el
Ayuntamiento, que asumirá la condición de beneficiario por causa de utilidad pública, toda
vez que la obra para la que los terrenos se precisan es un medio instrumental para el ejercicio de las competencias de saneamiento que le atribuye la Ley Reguladora de las Bases de