Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063083)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Mérida y ADIF para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la Estación de Ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022
53320
ADIF tramitará en nombre y representación de la Junta de Extremadura, la licitación de
la redacción del proyecto de pasarela urbana, la ejecución de las obras y de las asistencias técnicas, con plena sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación
del sector público. En la valoración de las ofertas participará un representante, con
cualificación técnica adecuada, de la Junta de Extremadura designado por ésta.
Dirigirá el proyecto de construcción y la ejecución de las obras, garantizando la correcta
ejecución de los trabajos en base a los requisitos marcados por las partes, cumpliendo con
la normativa técnica de interoperatividad ferroviaria y de seguridad que sea de aplicación.
El proyecto será aprobado por la Junta de Extremadura como titular de la infraestructura.
— Otorgará los permisos necesarios para la ejecución de las obras en los terrenos de ADIF.
— En el caso de que las actuaciones afecten a terrenos que no sean de titularidad de la
Junta de Extremadura, ADIF realizará, de acuerdo con los trámites y procedimientos
establecidos en la Ley y Reglamento de Expropiación Forzosa y demás normativa de
aplicación, todas las actividades de carácter meramente material para la tramitación
de los expedientes expropiatorios necesarios para la obtención de dichos terrenos. En
todo caso corresponderá a la Junta de Extremadura, en su condición de Administración
expropiante, dictar los actos administrativos que sean necesarios para la tramitación de
los expedientes expropiatorios.
— Aportará el personal necesario, encargado de trabajos, tanto de vía como de catenaria, en
horario diurno y nocturno, para la ejecución de las obras en condiciones óptimas de seguridad. Los costes de dicho personal quedarán incluidos en el presupuesto del proyecto licitado.
— Realizará los cortes de corriente eléctrica en la catenaria necesarios para los trabajos
que lo requieran en los intervalos horarios que resulten compatibles con la explotación
y mantenimiento ferroviarios.
— Cederá para el uso público, el vuelo sobre el dominio público ferroviario a ocupar por la
pasarela, otorgando a tal efecto al Ayuntamiento de Mérida una concesión administrativa gratuita sobre dicho vuelo por el plazo máximo legal de 75 años y de conformidad
con lo previsto en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
— Facilitará a la Junta de Extremadura con la periodicidad requerida la documentación e
información necesaria a efectos de realizar un adecuado seguimiento de la ejecución
del proyecto conforme a las condiciones de la financiación del mismo y poder remitir e
incorporar la información acreditativa necesaria al MITMA para justificar el cumplimiento
Viernes 4 de noviembre de 2022
53320
ADIF tramitará en nombre y representación de la Junta de Extremadura, la licitación de
la redacción del proyecto de pasarela urbana, la ejecución de las obras y de las asistencias técnicas, con plena sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación
del sector público. En la valoración de las ofertas participará un representante, con
cualificación técnica adecuada, de la Junta de Extremadura designado por ésta.
Dirigirá el proyecto de construcción y la ejecución de las obras, garantizando la correcta
ejecución de los trabajos en base a los requisitos marcados por las partes, cumpliendo con
la normativa técnica de interoperatividad ferroviaria y de seguridad que sea de aplicación.
El proyecto será aprobado por la Junta de Extremadura como titular de la infraestructura.
— Otorgará los permisos necesarios para la ejecución de las obras en los terrenos de ADIF.
— En el caso de que las actuaciones afecten a terrenos que no sean de titularidad de la
Junta de Extremadura, ADIF realizará, de acuerdo con los trámites y procedimientos
establecidos en la Ley y Reglamento de Expropiación Forzosa y demás normativa de
aplicación, todas las actividades de carácter meramente material para la tramitación
de los expedientes expropiatorios necesarios para la obtención de dichos terrenos. En
todo caso corresponderá a la Junta de Extremadura, en su condición de Administración
expropiante, dictar los actos administrativos que sean necesarios para la tramitación de
los expedientes expropiatorios.
— Aportará el personal necesario, encargado de trabajos, tanto de vía como de catenaria, en
horario diurno y nocturno, para la ejecución de las obras en condiciones óptimas de seguridad. Los costes de dicho personal quedarán incluidos en el presupuesto del proyecto licitado.
— Realizará los cortes de corriente eléctrica en la catenaria necesarios para los trabajos
que lo requieran en los intervalos horarios que resulten compatibles con la explotación
y mantenimiento ferroviarios.
— Cederá para el uso público, el vuelo sobre el dominio público ferroviario a ocupar por la
pasarela, otorgando a tal efecto al Ayuntamiento de Mérida una concesión administrativa gratuita sobre dicho vuelo por el plazo máximo legal de 75 años y de conformidad
con lo previsto en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
— Facilitará a la Junta de Extremadura con la periodicidad requerida la documentación e
información necesaria a efectos de realizar un adecuado seguimiento de la ejecución
del proyecto conforme a las condiciones de la financiación del mismo y poder remitir e
incorporar la información acreditativa necesaria al MITMA para justificar el cumplimiento