Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2022063190)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022



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j) Régimen económico y financiero, fijación de cuotas y otras percepciones y forma
de control de los gastos e inversiones para asegurar el cumplimiento de los fines
colegiales: artículos 4 bis, punto 3; 7, apartados b) y j); 11, apartado 7); 14,
apartados a) y b); 40; 41; 42; 43; 44 y 45.

k) Condiciones del cobro de honorarios a través del colegio, para el caso en que el
colegiado así lo solicite, y régimen del presupuesto o de la nota-encargo que los
colegiados deberán presentar o, en su caso, exigir a los clientes: Artículo 4, apartado
3.ª), subapartado f) y 35, apartado i).


l) Premios y distinciones: Artículo 39.



m) Régimen jurídico de los actos y resoluciones de los colegios y recursos contra los
mismos: Artículos 56; 57 y 58.



n) Procedimiento a seguir en procesos de fusión, absorción y disolución del colegio y,
en este caso, el destino del patrimonio del colegio: Artículos 14, apartado i); 15.7,
apartados c) y d); 60 y 61.



ñ) Regulación de las mociones de censura a los titulares de los órganos de gobierno:
Artículos 14, apartado g); 15.7, apartado b); 17 y 35, apartado f), párrafo tercero.



o) Determinación de la forma de auditoría o fiscalización de sus cuentas para cada
ejercicio presupuestario: Artículos 4 bis, punto 3; 11, apartado 7); 14, apartado b);
y artículo 41.

p) 
Procedimiento para la reforma de los estatutos: Artículos 4, apartado 3.ª),
subapartado a); y artículo 14, apartado d).
4.2. Modificaciones introducidas por la Ley 4/2020:
En el texto estatutario modificado y aprobado por la Asamblea General del Colegio en sesión
extraordinaria de 24 de noviembre de 2021, se recogen procedentemente las principales
modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, con referencia al siguiente articulado:


a) Fines y Obligaciones de los Colegios: Artículos 3 y 4.



b) Ventanilla única: Artículos 4, apartado 3.ª, obligación a); y artículo 4 bis, punto 2.



c) Memoria anual: Artículos 4, apartado 3.ª), obligación b); y artículo 4 bis, punto 3.



d) Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios: Artículos 4,
apartado 3.ª), obligación c).