Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2022063190)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

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3. En la memoria anual, así como en los informes, estudios, estadísticas, encuestas o recogidas
de datos que realice el Colegio, cuando sea posible, deben desagregar por sexos los datos
estadísticos y evaluar el impacto de género de las actuaciones.
TÍTULO II
Del Colegio, Organización y Gobierno.
CAPÍTULO I
Órganos de gobierno.
Artículo 5. Órganos de Gobierno del Colegio.
Los órganos de gobierno del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres son:
a) La Junta de Gobierno.
b) La Asamblea General de Colegiados.
SECCIÓN PRIMERA.
De la Junta de Gobierno.
Artículo 6. Composición de la Junta de Gobierno.
El Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres estará regido por una Junta de Gobierno
que estará constituida por un Presidente, un Secretario y cinco Vocales.
De entre los Vocales, a propuesta del Presidente, la Junta de Gobierno designará un
Vicepresidente.
Podrá existir además un Vicesecretario que colaborará en las tareas que le encomiende el
Secretario, a quien sustituirá en casos de ausencia, enfermedad o vacante.
Igualmente, existirá un representante de la Facultad de Veterinaria de Cáceres, que deberá
ostentar la condición de colegiado. Dicho representante será elegido por la Junta de Gobierno
del Colegio de una terna propuesta por la Facultad y asistirá a las reuniones en que se traten
cuestiones de su competencia, sin derecho de voto.
Artículo 7. Funciones de la Junta de Gobierno.
Corresponde a la Junta de Gobierno la administración y dirección del Colegio, y con esta
finalidad tendrá las facultades y las funciones siguientes: