Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2022063190)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

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d) Los datos de las asociaciones u organizaciones de consumidores y usuarios a las que los
destinatarios de los servicios profesionales pueden dirigirse para obtener asistencia.
e) El contenido de los códigos deontológicos.
f) Resoluciones, dictámenes u otros actos de interés general.
3. Memoria Anual.
1. 
El Colegio deberá elaborar una memoria anual que contenga al menos la información
siguiente:
a) Informe anual de gestión económica que incluya los gastos de personal suficientemente
desglosados y especifique las retribuciones de los miembros de la Junta de Gobierno en
razón de su cargo.
b) Importe de las cuotas aplicables desglosadas por concepto y por el tipo de servicios
prestados, así como las normas para su cálculo y aplicación.
c) 
Información agregada y estadística relativa a los procedimientos informativos y
sancionadores en fase de instrucción o que hayan alcanzado firmeza, con indicación de
la infracción a la que se refieren; su tramitación, y la sanción impuesta en su caso, de
acuerdo, en todo caso, con la legislación en materia de protección de datos de carácter
personal.
d) Información agregada y estadística relativa a quejas y reclamaciones presentadas por
los consumidores o usuarios o sus organizaciones representativas, así como sobre su
tramitación y, en su caso, los motivos de estimación o desestimación de la queja o
reclamación, de acuerdo, en todo caso, con la legislación en materia de protección de
datos de carácter personal.
e) Los cambios en el contenido de sus códigos deontológicos en caso de disponer de ellos.
f) Las normas sobre incompatibilidades y las situaciones de conflicto de intereses en que
se encuentren los miembros de la Juntas de Gobierno.
g) Información sobre el modo en que las actividades realizadas, en cumplimiento de las
funciones que tiene legalmente encomendadas, redundan en el interés público conforme
a su naturaleza de corporación de derecho público.
2. La memoria anual deberá hacerse pública a través de la página Web en el primer semestre
de cada año y deberá respetar la normativa vigente sobre protección de datos de carácter
personal.