Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2022063190)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
57 páginas totales
Página
NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

52742

t) Mantener relaciones permanentes con las instituciones públicas y en especial con las de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
u) 
Colaborar con instituciones o entidades de carácter formativo, cultural, cívico, de
previsión y otras análogas dedicadas al servicio de los veterinarios o al fomento y
defensa de los valores culturales y sociales que conciernen a la profesión, y promover
la constitución de las mismas. Asimismo, colaborar con las instituciones universitarias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la elaboración de los planes de estudio,
sin menoscabo del principio de autonomía universitaria.
v) Recibir de la sociedad civil sus demandas sobre la profesión, generando la información,
el análisis y el debate necesario para su sensibilización y poder dar respuesta oportuna
a tales demandas sociales.
w) Realizar cuantas actividades se consideren de interés común y general para sus colegiados
y la sociedad, así como desempeñar las funciones que le atribuya la legislación vigente.
x) Aquellas funciones que le hayan sido delegadas o encomendadas al Colegio por la Junta
de Extremadura, o que hayan sido objeto de convenio o colaboración con ella, o que les
sean atribuidas por la propia Ley o por otras normas de rango legal o reglamentario.
3.ª) De organización y administración:
a) Aprobar los Estatutos Particulares y sus modificaciones previo informe del Consejo
General de Colegios de Veterinarios de España, sin perjuicio de la calificación de legalidad
de la Junta de Extremadura.
b) Aprobar y ejecutar sus presupuestos anuales y administrar el patrimonio colegial.
c) Dictar Reglamentos de organización y funcionamiento que definan la infraestructura
necesaria para el desarrollo de una estructura administrativa y de servicios que conduzca
al cumplimiento de los fines y objetivos del colegio.
d) Fijar los servicios colegiales y establecer los derechos de intervención colegial o cuotas a
satisfacer por razón de la prestación de los mismos, y proceder a su cobro y reclamación
en su caso.
e) Establecer los servicios que garanticen como mínimo el control de índole administrativo,
el desarrollo y perfeccionamiento de los profesionales y la puesta en marcha de la
información, las actividades culturales y asesoramiento y formación del veterinario, y
redunden en los fines y objetivos colegiales relacionados con la sociedad, las relaciones
institucionales, la defensa de la Veterinaria y otros de carácter general.