Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2022063190)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

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ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE VETERINARIOS DE CÁCERES
TÍTULO I.
Disposiciones Generales.
CAPÍTULO I.
Denominación, naturaleza jurídica y fines.
Artículo 1. Denominación, ámbito territorial y domicilio.
La denominación del Colegio será la de Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres (en
adelante el Colegio).
El ámbito territorial es el comprendido dentro de la demarcación geográfica y jurisdiccional
de la provincial de Cáceres, siendo único en su ámbito territorial de acuerdo con la Ley de
Colegios Profesionales promulgada por la Junta de Extremadura.
El Colegio tendrá su sede en la calle Diego María Crehuet, n.º 6 de la Ciudad de Cáceres (C.P.
10002) o en aquellos otros domicilios que puedan determinarse aprobados por la Junta de
Gobierno y ratificados por la Asamblea General.
Artículo 2. Naturaleza jurídica.
1. El Colegio es una Corporación de Derecho Público reconocida por la Constitución y amparada
por la Legislación estatal y autonómica vigente en materia de Colegios Profesionales, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
El Colegio está integrado por quienes ejercen la profesión de veterinario y tienen el domicilio
profesional, único o principal, en la provincia de Cáceres, así como por los titulados que, sin
ejercerla, se encuentren voluntariamente incorporados al mismo.
Su estructura interna y funcionamiento serán democráticos.
2. En lo no previsto en los presentes Estatutos, el Colegio se regirá por lo dispuesto en
la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales; la Ley 11/2002, de 12 de
diciembre, de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme
con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre; los Estatutos
Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española; los Estatutos del Consejo de
Colegios Profesionales de Veterinarios de Extremadura, en su caso, los Reglamentos, los
acuerdos de los órganos de gobierno de los Consejos, General y de Extremadura, en su
caso, y los del propio Colegio de Veterinarios de Cáceres.