Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2022040193)
Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

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Excepcionalmente, y cuando las circunstancias meteorológicas así lo aconsejen, dentro
de esta época se podrá determinar una situación de Incendios Extremos con carácter
preventivo y establecer las medidas excepcionales que deban adoptarse.
b) Época de Peligro Bajo: Se entenderá por Época de Peligro Bajo aquella en la que, por las
condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios forestales son menores. Los medios desplegados en esta época serán aquellos que posibiliten su extinción.
c) Época de Peligro Medio: Dentro de la Época de Peligro Bajo podrá declararse una Época
de Peligro Medio si las condiciones meteorológicas empeoran y aumenta el número de
incendios.
En esta Época de Peligro Medio, y si el aumento del número de incendios viene esencialmente
derivado del escape de quemas u otras actividades susceptibles de provocar incendios, se
podrán limitar o prohibir totalmente dichas quemas y actividades.
En caso de declararse Época de Peligro Medio se determinará el ámbito territorial afectado,
pudiendo ser una o varias Zonas de Coordinación de las establecidas para Época de Peligro
Bajo.
Los medios propios del Plan INFOEX desplegados en Época de Peligro Medio en la o las Zonas
de Coordinación en las que se declare serán los mismos que para la Época de Peligro Alto en
esas mismas zonas.
CAPÍTULO IV
Clasificación y estado de los incendios forestales
Artículo 7. Incendios según su operatividad.
1. L
 os incendios forestales, según su operatividad, se clasifican de acuerdo con la siguiente
escala:
− Nivel 0: referido a aquellos incendios que pueden ser controlados con los medios de extinción incluidos en el Plan INFOEX y que, en su evolución más probable, no supongan
peligro para las personas no relacionadas con las labores de extinción, ni para bienes
distintos a los de naturaleza forestal.
− Nivel 1: referido a aquellos incendios que pudiendo ser controlados con los medios de
extinción incluidos en el Plan INFOEX, se prevé, por su posible evolución, la necesidad
de la puesta en práctica de medidas para la protección de las personas y de los bienes
no forestales que puedan verse amenazados por el fuego.