Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2022040193)
Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

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− Nivel 2: referido a aquellos incendios en los que, a solicitud de la Dirección del Plan INFOEX, sean incorporados medios estatales extraordinarios.
No tendrán la consideración de extraordinarios los medios del Ministerio con competencias
en materia de incendios forestales desplegados en apoyo de las Comunidades Autónomas.
Este nivel podrá declararse también cuando la simultaneidad de incendios forestales requiera la incorporación a los mismos de medios extraordinarios.
2. Todos los incendios forestales serán de nivel 0 salvo aquellos que expresamente sean declarados de nivel 1 ó 2.
La calificación inicial del nivel de operatividad de un incendio forestal podrá variar de acuerdo
con su evolución, el cambio de las condiciones meteorológicas u otras circunstancias.
Artículo 8. Incendios según su estado.
Los incendios forestales, según su estado en el momento de la declaración del mismo, se
clasifican en:
− Incendio Forestal Activo: Aquel que, en el momento de su declaración, las llamas se
extienden sin control, produciéndose la actividad y propagación de las mismas, presentándose uno o más frentes de avance.
− Incendio Forestal Estabilizado: Aquel que, en el momento de su declaración, sin llegar a
estar controlado, evoluciona favorablemente dentro de las líneas de control establecidas
según las previsiones y las labores de extinción conducentes a su control.
− Incendio Forestal Controlado: Aquel que, en el momento de su declaración, se ha conseguido aislar y detener su avance y propagación dentro de las líneas de control.
− Incendio Forestal Extinguido: Situación posterior a la de “incendio controlado”, en la
cual ya no existen materiales en ignición en el perímetro del incendio, y no se prevé que
pueda reactivarse. Todo ello dentro de una normal previsión con los medios disponibles
y en las condiciones del momento de su determinación.
CAPÍTULO V
Dirección, coordinación y asesoramiento del Plan INFOEX
Artículo 9. Superior dirección y coordinación.
La superior dirección y coordinación del Plan INFOEX corresponde a la persona que ostente la
titularidad de la Consejería competente en materia de incendios forestales.