Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Plan Infoex. (2022040193)
Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

52584

d) Rellenar el parte estadístico de los incendios forestales enviándolos al Centro Operativo
Regional, con carácter general, en los dos días siguientes a la finalización del incendio.
Cuando el incendio afecte a un monte gestionado por la Administración Forestal Regional se remitirá copia del parte estadístico del incendio, en el mismo plazo, al Servicio
competente de la gestión. Para los incendios a los que no haya asistido personal Agente
del Medio Natural, el parte estadístico será rellenado y enviado por Agentes de la Subzona de Actuación a la que pertenezca el incendio según indicaciones del Agente Coordinador o Coordinadora, o del Agente Coordinador Adjunto o Adjunta, dejando constancia
de no haber estado en el incendio durante las tareas de extinción.
e) R
 ealizar la medición de la superficie afectada de cada incendio forestal ocurrido en su
Subzona de Actuación y de aquellos otros que se soliciten a través del Agente Coordinador o Coordinadora, o del Agente Coordinador Adjunto o Adjunta de UTV.
f) Denunciar los hechos que puedan ser constitutivos de infracciones a la legislación de
incendios.
g) Durante la Época de Peligro Alto y, en su caso, si así se determina durante la Época de
Peligro Medio, deberán:


• Durante la guardia de incendios, en el tiempo de presencia física, realizar su actividad
ordinaria en lugares que permitan la comunicación permanente mediante emisora,
salvo que no exista cobertura de emisora en su centro de trabajo, pudiendo en este
caso la localización mediante teléfono. En las horas de disponibilidad deberá garantizarse la localización ya sea vía telefónica o por emisora.



• Conocer los medios de su Subzona de Actuación comunicando al personal Bombero
Forestal Coordinador cualquier incidencia de la que tenga conocimiento y que pudiera
afectar al buen estado del operativo.

3. Calendario de trabajo:
En Época de Peligro Alto y en Época de Peligro Medio, si así se establece en la resolución
de declaración de esta última, se elaborará, contando con la participación de los y las
Agentes, y con el visto bueno de Bomberos y Bomberas Forestales Coordinadoras y Coordinadores o Coordinadoras de Agentes, un calendario o cuadrante de guardias de incendios
teniendo en cuenta la disponibilidad de Agentes y las Subzonas de Actuación de Agentes
de Guardia establecidas.
Este cuadrante será aprobado por el órgano de adscripción de Agentes y deberá cubrir la
totalidad de los días de Época de Peligro Alto y de Época de Peligro Medio, si así se determina, con al menos una persona Agente de Guardia por Subzona de Actuación.