Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063168)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 98,56 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Jesús Marques Infante, en el término municipal de Alburquerque (Badajoz). Expte.: IA21/1627.
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NÚMERO 209
Lunes 31 de octubre de 2022

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tipología del proyecto y sus posibles afecciones al medio natural, teniendo en cuenta que
la red de drenaje natural de la zona de actuación fluye hacia el embalse de Abrilongo,
por lo que los posibles arrastres de sustancias contaminantes, principalmente productos
agroquímicos, así como la posible contaminación difusa derivada del uso de estos productos en el cultivo superintensivo proyectado, podrían recalar en esta masa de agua
superficial. Asimismo, la discontinuidad que produce la implantación del cultivo proyectado en el hábitat de interés comunitario de “Dehesas perennifolias de Quercus spp.”
podría ser otro factor a considerar en la posible afección a estos espacios naturales.


3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Como ya se ha indicado en el presente informe, la zona de actuación limita al sur con el
embalse de Abrilongo, ubicado en el cauce del mismo nombre y que forma la frontera
natural con Portugal. El río Abrilongo es tributario del río Gévora, dentro de la cuenca
hidrográfica del río Guadiana. Asimismo, por el interior de la zona de actuación discurre
un arroyo innominado tributario del río Abrilongo, que constituye el Dominio Público
Hidráulico (DPH) del Estado.
En el documento ambiental se incluye un apartado específico para la evaluación de
las repercusiones que el proyecto pueda causar a largo plazo sobre los elementos de
calidad que definen el estado o potencial de las masas de agua afectadas como consecuencia de una modificación hidromorfológica en masas de agua superficiales o una
alteración del nivel en masas de aguas subterráneas. En cuanto a las masas de aguas
superficiales, se considera que al tratarse de un proyecto en el que se contempla la
extracción del recurso hídrico desde aguas subterráneas y no superficiales, la alteración de los recursos hídricos superficiales será prácticamente inexistente. No obstante,
indica la posibilidad de contaminar las aguas superficiales debido al uso de productos
fertilizantes y fitosanitarios, aunque se considera que el uso la fertirrigación y el control
integrado de plagas son medidas suficientes para evitar este impacto ambiental. En
cuanto a las masas de agua subterráneas, se considera que en la fase de ejecución del
proyecto la afección será mínima, aplicando una serie de medidas preventivas incluidas
en el documento ambiental. En cuanto a la fase de funcionamiento, se indica en el documento ambiental que es el organismo de Cuenca el que comprueba la disponibilidad
de recursos hídricos para la plantación proyectada, no realizándose ninguna valoración
en el documento ambiental al respecto.
Cabe indicar que realizada consulta al Órgano de cuenca competente (Confederación
Hidrográfica del Guadiana), no se ha recibido respuesta a fecha de emisión del presente
informe, por lo que desde este Órgano Ambiental no es posible afirmar con rotundidad
que el proyecto de referencia cumplirá con las prescripciones legales establecidas en la
planificación hidrológica, así como con el resto de la Normativa en materia de aguas.