Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (2022063162)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría de Enfermero/a Especialista Obstétrico-Ginecológico en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

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familiares y excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se
mantenga reserva de puesto, así como las reducciones de jornadas por razones de
maternidad o de conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si
se hubieran prestado al 100% de la misma. Así mismo, se tendrán en cuenta los
servicios prestados por el sistema de cupo como prestados en la categoría bajo la
modalidad de jornada completa. El resto de los servicios prestados que no sean a
jornada completa se valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada.


c) Los méritos de experiencia profesional se acreditarán por el propio aspirante, mediante certificación actualizada expedida por el órgano competente donde se hayan
prestado dichos servicios. Dichos certificados deberán indicar la causa y el porcentaje de reducción de la jornada en su caso.

No obstante, los servicios prestados en centros o instituciones sanitarias del Servicio
Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el
Servicio Extremeño de Salud, quien lo aportará a la Comisión de Valoración para su
cómputo.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte privada de la dirección de Internet https//:convocatoriasses.gobex.es, donde cada uno
de ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o
certificado digital.
A tal fin, en la resolución de la relación definitiva de admitidos el Servicio Extremeño
de Salud anunciará tanto la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a dicha publicación, para que, en
caso de disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito
ante la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio
Extremeño de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren
erróneos.


d) Los servicios prestados por el personal que haya sido integrado en el Sistema Nacional de Salud, así como los servicios prestados en centros integrados, tendrán la
misma consideración que los prestados en dicho sistema, siendo indiferente la fecha
de integración del centro, es decir, serán valorables los servicios prestados antes de
la integración.



e) E
 n la valoración de los servicios prestados con nombramiento específico para la realización de refuerzos se computará el tiempo de servicios prestados conforme a los
siguientes criterios: