Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022030003)
Decreto del Presidente 3/2022, de 20 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a los programas de actividades de las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

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diferenciando la concesión de las ayudas del Programa I de las del Programa II, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
2. La convocatoria de la ayuda podrá realizarse mediante tramitación anticipada de conformidad con lo establecido en la normativa contable y presupuestaria que resulte de aplicación.
Artículo 10. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento de concesión.
1. La Dirección General de Acción Exterior es el órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para
la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formularse la propuesta de resolución, de acuerdo con las competencias establecidas en el
artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 7 del Decreto 138/2021, de 21 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La Secretaría General de la Presidencia es el órgano competente para resolver la concesión
de las ayudas, de acuerdo con las competencias establecidas en el artículo 9 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 11. Formulario de solicitud y documentación adjunta.
1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figura como anexo I y II de las presentes bases, sin perjuicio de las adaptaciones que puedan efectuarse en cada convocatoria.
El modelo de solicitud y el resto de anexos se podrán descargar del nuevo Portal Juntaex.es
(actualmente y por tiempo determinado en https://beta.juntaex.es) cuya dirección en un futuro será http://www.juntaex.es”
2. Junto a la solicitud deberá presentarse una Memoria que relacione la totalidad de las actividades que la entidad solicitante tenga previsto realizar durante el año de la correspondiente convocatoria, y describa las subvencionables; y un Presupuesto detallado del coste de
ejecución previsto de cada una de las actividades subvencionables, con el total agregado
de las mismas. Ambos documentos vendrán firmados por la persona representante legal
de la entidad.
3. L
 a Memoria debe comprender, al menos, el siguiente contenido mínimo:
a) Relación de todas las actividades que la entidad solicitante pretenda realizar en el año.