Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Cambio Climático. Ayudas. (2022050189)
Orden de 18 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA Cambio Clímático), para actuaciones encaminadas a la lucha contra el cambio climático en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a municipios y entidades locales menores, con tamaño inferior a 100.000 habitantes.
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NÚMERO 206
Miércoles 26 de octubre de 2022
51532
en los procesos de mitigación, adaptación, investigación y activación social para afrontar el
cambio climático en Extremadura, en términos de reducción de emisiones de Gases de Efecto
Invernadero (GEI), penetración de energías renovables y de eficiencia energética, que permitan el desarrollo económico y social de la región, al tiempo que se minimizan los impactos
en el cambio climático y en la naturaleza asociándolos al sistema energético extremeño. Es
elaborado por la Comunidad Autónoma de Extremadura como compromiso en la ruta hacia la
sostenibilidad que marca el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC),
asumiendo como propios todos sus objetivos.
La Junta de Extremadura consciente de la importancia de esta materia, así como de las limitaciones que en muchas ocasiones tiene la implementación de ciertas medidas y mejoras
para los municipios en materia de cambio climático, establece una serie de líneas de ayudas,
tendentes a facilitar la evaluación de impactos, la disminución de la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático. Estas ayudas, además, están destinadas a su licitación pública
por parte de las entidades beneficiarias, garantizando la pública concurrencia, con el fin de
fomentar el empleo a través de empresas locales.
Con el objetivo de coordinar la actuación administrativa de las Administraciones Públicas implicadas, y bajo los principios de eficacia y eficiencia, la Comunidad Autónoma de Extremadura, de un lado y las entidades locales de otro, deberán prestarse la cooperación y asistencia
activas que las otras Administraciones pudieran precisar para el eficaz cumplimiento de sus
funciones, dando cumplimiento al artículo 55.d) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local.
En este sentido, la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en concreto, la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad, mediante la presente orden, establece las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales, municipios, entidades que agrupen municipios
y las diputaciones, para desarrollar actuaciones en materia de cambio climático.
Atendiendo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), y conforme al artículo
129, la presente orden se redacta bajo los principios de buena regulación, en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me
son conferidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en los artículos 36 f) y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura,
Miércoles 26 de octubre de 2022
51532
en los procesos de mitigación, adaptación, investigación y activación social para afrontar el
cambio climático en Extremadura, en términos de reducción de emisiones de Gases de Efecto
Invernadero (GEI), penetración de energías renovables y de eficiencia energética, que permitan el desarrollo económico y social de la región, al tiempo que se minimizan los impactos
en el cambio climático y en la naturaleza asociándolos al sistema energético extremeño. Es
elaborado por la Comunidad Autónoma de Extremadura como compromiso en la ruta hacia la
sostenibilidad que marca el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC),
asumiendo como propios todos sus objetivos.
La Junta de Extremadura consciente de la importancia de esta materia, así como de las limitaciones que en muchas ocasiones tiene la implementación de ciertas medidas y mejoras
para los municipios en materia de cambio climático, establece una serie de líneas de ayudas,
tendentes a facilitar la evaluación de impactos, la disminución de la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático. Estas ayudas, además, están destinadas a su licitación pública
por parte de las entidades beneficiarias, garantizando la pública concurrencia, con el fin de
fomentar el empleo a través de empresas locales.
Con el objetivo de coordinar la actuación administrativa de las Administraciones Públicas implicadas, y bajo los principios de eficacia y eficiencia, la Comunidad Autónoma de Extremadura, de un lado y las entidades locales de otro, deberán prestarse la cooperación y asistencia
activas que las otras Administraciones pudieran precisar para el eficaz cumplimiento de sus
funciones, dando cumplimiento al artículo 55.d) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local.
En este sentido, la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en concreto, la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad, mediante la presente orden, establece las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales, municipios, entidades que agrupen municipios
y las diputaciones, para desarrollar actuaciones en materia de cambio climático.
Atendiendo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), y conforme al artículo
129, la presente orden se redacta bajo los principios de buena regulación, en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me
son conferidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en los artículos 36 f) y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura,