Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063106)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de una planta de biomasa de 49,9 MWe, promovida por Desarrollos Renovables y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA19/0492.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

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en aras de mitigar cualquier impacto que el proyecto de referencia pudiese provocar
sobre el patrimonio histórico y arqueológico, la promotora del proyecto deberá asumir el desarrollo de las siguientes acciones destinadas a dar cumplimiento a dicho fin:


11. D
 urante el transcurso de la intervención arqueológica, la promotora, en estricta coordinación con la dirección técnica a cargo de los trabajos arqueológicos,
deberá organizar y atender visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que
se hubieran intervenido con objeto de dar a conocer a todas aquellas personas
interesadas, los hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que
se desarrolle la campaña de trabajos arqueológicos. La frecuencia y características de estas visitas guiadas, será objeto de consulta previa ante esta Dirección
General por parte de la promotora y representantes de la dirección arqueológica
del proyecto. Estas visitas deberán efectuarse bajo las condiciones de seguridad
más adecuadas tanto para el equipo de trabajo como para los visitantes y para
su difusión podrán emplearse los canales y medios más adecuados para tal fin.



12. T
 ras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos en el
marco de las intervenciones arqueológicas ejecutadas presenten la suficiente
relevancia e interés de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en
una publicación científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales que esta Dirección General tiene habilitadas para la divulgación de los
estudios arqueológicos en nuestra región (Memorias de Arqueología Extremeña,
Extremadura Arqueológica, Lecturas de Patrimonio Arqueológico, etc.). El diseño, normas de publicación, así como el número de ejemplares a publicar, deberá
ser previamente acordado con esta Dirección General.



13. D
 el mismo modo, tras la conclusión de las actividades arqueológicas, y teniendo en cuenta la cuestión relativa al interés de los resultados mencionado en el
punto anterior, la entidad promotora del proyecto proveerá los contenidos y el
montaje de una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los
resultados e interpretación de los resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención arqueológica. Esta exposición será planificada y presentada en los centros museísticos o espacios culturales que determine la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.

D.3. Medidas en la fase de explotación.
1. S
 e mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en la presente
declaración.