Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063106)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de una planta de biomasa de 49,9 MWe, promovida por Desarrollos Renovables y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA19/0492.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

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atraviesa en gran parte del trazado un hábitat natural de dehesa (6310), en la nueva
documentación aportada por la promotora se ha analizado detalladamente el impacto
de la tubería al hábitat de dehesa, concluyendo que se ha minimizado su afección. De
esta forma el trazado de la tubería finalmente planteado minimiza el número de encinas
afectadas. Por otra parte, este trazado también reduce al mínimo la afección a vegetación de linderos, sobre todo aquellas zonas con mayor densidad de matas de encinas,
por lo que dichos linderos naturales apenas se verán afectados.


Planta de biomasa y parcelas de acopio.

El informe del SECONAP se pronuncia favorablemente sobre la ubicación de la planta,
indicando que la zona de actuación se localiza fuera de Red Natura 2000
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
La zona de estudio se centra en la Demarcación Hidrográfica del Guadiana.
Afección a cauces, zona de policía y zonas inundables.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) en su informe con fechas de firma
de 4 y 7 de febrero de 2022 sobre la afección al sistema hidrológico indica únicamente
que las actuaciones en el cauce, zona de policía y zona de flujo preferente requieren
autorización del ese órgano de cunca. Según lo indicado en el proyecto, por el interior de las parcelas donde se va a ubicar la planta discurre el arroyo de Los Trampales
que constituye el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas
(TRLA). Este cauce sería interceptado por el vallado perimetral a las instalaciones.
Asimismo, algunas instalaciones auxiliares, como la zona de almacenamiento de biomasa, se ubicarían en zona de policía del citado cauce. Finalmente hay que indicar que
el trazado de la conducción de abastecimiento discurre por terrenos expropiados cuya
gestión corresponde al organismo de cuenca.
Calidad de las aguas.
Respecto al vertido al DPH, que se realizará en el arroyo Carbonilla, CHG informa que
“puede ser viable, siempre y cuando el mismo se realice cumpliendo con las características y adoptando las medidas correctoras que se establecen en las siguientes condiciones con objeto de no comprometer la consecución de los objetivos medioambientales
en la masa de agua superficial “Río Cubilar II”. Las condiciones de vertido mencionadas
se detallan en el informe del Órgano de cuenca y en la autorización de vertido emitida
por éste, que será incluida en la autorización ambiental integrada del proyecto.