Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063073)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

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de oficio que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones con la Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social. No obstante, Ayuntamiento podrá oponerse a que se realicen dichas comprobaciones, indicándolo así en las
casillas que se ofrecen al efecto en el modelo de solicitud, debiendo presentar entonces
junto con la misma las certificaciones acreditativas correspondientes. Asimismo, el órgano
gestor podrá consultar de oficio que la entidad beneficiaria está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal si la entidad solicitante
otorga su autorización expresa al efecto en la casilla correspondiente del modelo de solicitud, de conformidad con el artículo 95.1.k de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria. De no otorgar dicha autorización, deberá presentar junto con la solicitud la
certificación acreditativa correspondiente.
c) La justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente
para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de las ayudas públicas solicitadas para la misma actividad, se efectuará mediante declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el Anexo
III de la presente Resolución.
Octavo. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha
de publicación de la presente resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Noveno. Órgano instructor y de ordenación y forma de efectuar las comunicaciones
y notificaciones.
1. E
 l órgano encargado de la instrucción y de ordenación del procedimiento será el Servicio
de Comercio Interior.
2. Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de concesión de estas ayudas y las notificaciones de los actos administrativos y de cualquier otro
procedimiento a realizar para la gestión de las ayudas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizarán mediante publicación en la sede electrónica del órgano concedente, surtiendo ésta todos los efectos de notificación practicada
mediante comparecencia en sede electrónica de la Junta de Extremadura de los Ayuntamientos interesados, entendiéndose practicadas desde el momento en que se produzca el
acceso a su contenido.