Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063073)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 204
51167
Lunes 24 de octubre de 2022
créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las
subvenciones convocadas, la cual podrá aumentarse hasta un 20 % de la cuantía inicial, o
hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes
de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Decimonoveno. Eficacia.
La presente resolución será eficaz al día siguiente de la publicación de la misma y de su extracto, al que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de
la misma, ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud de lo dispuesto
en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 13 de octubre de 2022.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
51167
Lunes 24 de octubre de 2022
créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las
subvenciones convocadas, la cual podrá aumentarse hasta un 20 % de la cuantía inicial, o
hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes
de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Decimonoveno. Eficacia.
La presente resolución será eficaz al día siguiente de la publicación de la misma y de su extracto, al que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de
la misma, ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud de lo dispuesto
en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 13 de octubre de 2022.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA