Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063073)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51166
Decimoséptimo. Información y publicidad.
1. T
anto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí, y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura. La Base de Datos Nacional
de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria, y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
as ayudas concedidas serán también publicadas en el Portal Electrónico de Transparencia
y la Participación Ciudadana, de conformidad con en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21
de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
3. A
simismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. L
os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades
subvencionables. En este sentido, el ayuntamiento deberá informar al público del apoyo
obtenido de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno, y colocando en las dependencias donde se ubique el gerente, en un lugar visible para el público, un cartel de un
tamaño mínimo A3 con información sobre la subvención obtenida.
Decimoctavo. Financiación de las ayudas.
1. L
a cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 1.406.250 euros. El
coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas
en el Programa 341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A460.00, Proyecto de gasto 20170247 denominado “Ayudas
contratación agentes del comercio”, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma,
por importe de 234.375 euros con cargo al presupuesto del año 2022, 234.375 euros con
cargo al presupuesto del año 2023, 468.750 euros con cargo al presupuesto del año 2024
y 468.750 euros con cargo al presupuesto del año 2025.
2. D
e conformidad con en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cada convocatoria determinará los
Lunes 24 de octubre de 2022
51166
Decimoséptimo. Información y publicidad.
1. T
anto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí, y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura. La Base de Datos Nacional
de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La convocatoria, y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
as ayudas concedidas serán también publicadas en el Portal Electrónico de Transparencia
y la Participación Ciudadana, de conformidad con en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21
de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
3. A
simismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. L
os beneficiarios de las ayudas estarán obligados a dar publicidad e identificar la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades
subvencionables. En este sentido, el ayuntamiento deberá informar al público del apoyo
obtenido de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital haciendo una breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno, y colocando en las dependencias donde se ubique el gerente, en un lugar visible para el público, un cartel de un
tamaño mínimo A3 con información sobre la subvención obtenida.
Decimoctavo. Financiación de las ayudas.
1. L
a cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 1.406.250 euros. El
coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas
en el Programa 341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A460.00, Proyecto de gasto 20170247 denominado “Ayudas
contratación agentes del comercio”, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma,
por importe de 234.375 euros con cargo al presupuesto del año 2022, 234.375 euros con
cargo al presupuesto del año 2023, 468.750 euros con cargo al presupuesto del año 2024
y 468.750 euros con cargo al presupuesto del año 2025.
2. D
e conformidad con en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cada convocatoria determinará los