Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063073)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

51165

h) M
 antener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones realizadas con la operación a fin de garantizar la
adecuada justificación de la subvención, todo ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.
i) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o
en la resolución de concesión.
Decimosexto. Incumplimiento de condiciones y graduación de su alcance.
1. P
 rocederá la declaración de incumplimiento y, en su caso, la pérdida total o parcial de la
subvención concedida o reintegro total o parcial de la subvención percibida, y la exigencia
del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención
hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por el beneficiario que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo hubieran
impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a los Ayuntamientos beneficiarios en la
Resolución de concesión.
e) I ncumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en el
artículo 17 de la Orden 28 de julio de 2022 (DOE n.º 151, de 5 de agosto de 2022), y
de la presente resolución de convocatoria.
f) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la Orden 28 de julio de 2022 (DOE n.º
151, de 5 de agosto de 2022), en la resolución de concesión o en el artículo 43 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. S
 i los gastos acreditados fueran de menor importe a los del presupuesto inicial con base al
cual se concedió la ayuda, siempre y cuando se cumpla la finalidad para la cual fue otorgada, se procederá a la disminución proporcional de la ayuda concedida. Se entenderá que
existe incumplimiento de la finalidad para la cual se otorgó la ayuda cuando el gasto justificado, computable a efectos de liquidación de la subvención, no alcanzara el 50% del total
de la inversión aprobada. En caso de no cumplirse ese porcentaje, la entidad beneficiaria
perderá la totalidad de la ayuda concedida. Este porcentaje no será aplicable en el caso
de suspensión de la prestación del servicio por una causa no imputable al ayuntamiento.