Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2022062899)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2022 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 202
Jueves 20 de octubre de 2022

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Vigésimo primero. Criterios para graduar el incumplimiento.
1. N
 o obstante lo dispuesto en el resuelve anterior, será de aplicación el principio de
proporcionalidad en la determinación de la cantidad a cobrar o, en su caso, a reintegrar,
cuando el cumplimiento por la entidad beneficiaria del objeto de la subvención se
aproxime de modo significativo al cumplimiento total y quede acreditada una actuación
inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos.
2. P
 ara determinar el grado de cumplimiento de los beneficiarios, se evaluará la documentación
a la que hace referencia el resuelve decimosexto de la presente resolución. Se considerará
que el cumplimiento se aproxima significativamente al cumplimiento total cuando se haya
justificado el gasto y el pago de, al menos, el 65 % de la inversión presupuestada y aprobada
inicialmente en la instalación subvencionada, sin perjuicio de ulteriores modificaciones
sobre el proyecto conforme a lo prevenido en el resuelve decimoséptimo de la presente
convocatoria.
Vigésimo segundo. Régimen sancionador.
Se aplicará el régimen sancionador contemplado en el título V de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Vigésimo tercero. Devolución voluntaria.
1. S
 e entiende por devolución voluntaria aquella que se realiza por la entidad beneficiaria sin
previo requerimiento de la Administración.
En particular, podrá efectuarse voluntariamente por la entidad beneficiaria el reintegro
de la subvención, cuando dentro del período de justificación constate la existencia de
un remanente y proceda a la devolución del mismo, sin el referido requerimiento de la
Administración.
Las devoluciones voluntarias se llevarán a cabo mediante modelo 050 en cualquiera de
las Entidades Financieras Colaboradoras que se indican a continuación: BBVA, Bankinter,
B. Caixa Geral, Banca Pueyo, Banco Sabadell, Guipuzcoano, Santander, Popular Español,
Banesto, Caja España, La Caixa, Caja Duero, Caja Madrid, Caja de Badajoz, Caixa
Catalunya, Liberbank, CR Almendralejo, C.R.Extremadura y BBK Bankcajasur o bien
mediante tramitación telemática mediante el siguiente enlace web:


https://modelo050.juntaex.es/modelo050/.

2. Cuando se produzca la devolución voluntaria de la subvención abonada sin requerimiento
previo de la Administración, el órgano concedente de la ayuda exigirá, desde el momento