Urvipexsa, S.a.. Viviendas. (2022AC0081)
Acuerdo de 26 de septiembre de 2022, de la Dirección Gerencia , por el que se realiza nueva convocatoria para la selección de inmuebles del programa piloto "Rehabita", a desarrollar en los municipios de Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera y Olivenza.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 201
Miércoles 19 de octubre de 2022
50439
— Suscribir y hacer frente a los seguros que resulten obligados tanto para la ejecución de
obras de rehabilitación como para la posesión y explotación de la finca.
— Comunicar al propietario cualquier acto de tercero, de que tenga noticia, que sea capaz
de lesionar los derechos de propiedad.
— Devolver el bien, objeto de usufructo, en la fecha de su extinción.
Nudo Propietario
Derechos.
— Las facultades dominicales inherentes a su derecho, con exclusión de cualquiera que
pueda perjudicar el derecho de usufructo.
Obligaciones.
— Pagar las cargas e impuestos vinculados a la propiedad de la finca, salvo el Impuesto de
bienes inmuebles que será satisfecho por la usufructuaria
— Asumir al final del usufructo el pago correspondiente a las reparaciones extraordinarias
que la usufructuaria acometiese en la finca ya rehabilitada, como consecuencia de circunstancias que no guarden relación con la ejecución de dichas obras de rehabilitación
Séptima. Extinción y rendición de cuentas.
El usufructo se extinguirá por transcurso del plazo pactado y por las causas previstas legalmente.
A la extinción del derecho de usufructo, por transcurso del plazo, URVIPEXSA elaborará un
informe técnico que presentará al propietario, el cual comprenderá:
— Valoración del inmueble en la fecha de constitución del derecho de usufructo.
— Coste de la rehabilitación realizada en su día.
— Coste de las reparaciones ordinarias efectuadas durante el tiempo de vigencia del usufructo.
— Coste de las reparaciones extraordinarias efectuadas durante el tiempo de vigencia del
usufructo.
— Estado y valoración del inmueble en la fecha de la extinción del derecho de usufructo.
Los desperfectos que pudiese presentar el inmueble, como consecuencia de su utilización
por parte del usufructuario, durante el tiempo de duración del usufructo, consecuencia de su
uso normal o de cualquier otra causa, excluida las producidas por dolo o grave negligencia,
Miércoles 19 de octubre de 2022
50439
— Suscribir y hacer frente a los seguros que resulten obligados tanto para la ejecución de
obras de rehabilitación como para la posesión y explotación de la finca.
— Comunicar al propietario cualquier acto de tercero, de que tenga noticia, que sea capaz
de lesionar los derechos de propiedad.
— Devolver el bien, objeto de usufructo, en la fecha de su extinción.
Nudo Propietario
Derechos.
— Las facultades dominicales inherentes a su derecho, con exclusión de cualquiera que
pueda perjudicar el derecho de usufructo.
Obligaciones.
— Pagar las cargas e impuestos vinculados a la propiedad de la finca, salvo el Impuesto de
bienes inmuebles que será satisfecho por la usufructuaria
— Asumir al final del usufructo el pago correspondiente a las reparaciones extraordinarias
que la usufructuaria acometiese en la finca ya rehabilitada, como consecuencia de circunstancias que no guarden relación con la ejecución de dichas obras de rehabilitación
Séptima. Extinción y rendición de cuentas.
El usufructo se extinguirá por transcurso del plazo pactado y por las causas previstas legalmente.
A la extinción del derecho de usufructo, por transcurso del plazo, URVIPEXSA elaborará un
informe técnico que presentará al propietario, el cual comprenderá:
— Valoración del inmueble en la fecha de constitución del derecho de usufructo.
— Coste de la rehabilitación realizada en su día.
— Coste de las reparaciones ordinarias efectuadas durante el tiempo de vigencia del usufructo.
— Coste de las reparaciones extraordinarias efectuadas durante el tiempo de vigencia del
usufructo.
— Estado y valoración del inmueble en la fecha de la extinción del derecho de usufructo.
Los desperfectos que pudiese presentar el inmueble, como consecuencia de su utilización
por parte del usufructuario, durante el tiempo de duración del usufructo, consecuencia de su
uso normal o de cualquier otra causa, excluida las producidas por dolo o grave negligencia,