Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062918)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, por el que se instrumenta la concesión directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 199

49965

Lunes 17 de octubre de 2022

4. S
 i el ahorro de consumo de energía primaria no renovable finalmente obtenido por comparación entre los certificados de eficiencia energética de los edificios antes y después de la
actuación, realizados ambos con el mismo programa reconocido de certificación, resultará
inferior al estimado inicialmente en el proyecto, la cuantía de la subvención se ajustará al
nivel de ahorro realmente obtenido según lo dispuesto en la siguiente tabla.
Tabla 3

Vivienda

Locales
comerciales u
otros usos

Cuantía máxima de
la ayuda
por vivienda
(euros)

Cuantía máxima
de la ayuda
por m2 (euros)

Ahorro energético
conseguido con la
actuación

Porcentaje
máximo de la
subvención
del coste de la
actuación

30% ≤ ΔCep,nren < 45%

40

8.100

72

45% ≤ ΔCep,nren < 60%

65

14.500

130

ΔCep,nren ≥ 60%

80

21.400

192

Si el ahorro de consumo de energía primaria no renovable finalmente obtenido fuera inferior al 30 %, o no se cumplieran las exigencias relativas a la reducción de la demanda
energética anual global de calefacción y refrigeración establecidos o cualquier otra exigencia de las establecidas en este convenio, la ayuda sería revocada.
5. El importe de la subvención a conceder no podrá ser de una cuantía tal que, aislada o
conjuntamente con otra subvención pública, compatible con la prevista en este convenio,
puedan recibir los destinatarios últimos de estas ayudas, supere el coste previsto de la
actuación. En el caso de que se diera esta circunstancia, se reducirá el importe de la subvención concedida.
6. Para el cobro de las ayudas, con carácter general, el destinatario último de la ayuda o en
su caso, el agente gestor de la rehabilitación, deberá:
a) Estar dado de alta en el Subsistema de Terceros de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. La acreditación de dicho extremo será comprobada de oficio
por el órgano gestor de las ayudas.
En caso de no ser así, será necesario tramitar la solicitud de alta con anterioridad a la
presentación de la solicitud de ayuda.