Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062918)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, por el que se instrumenta la concesión directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 199
Lunes 17 de octubre de 2022



49957

— Copia del libro de familia o certificado de inscripción de los datos contenidos
en el mismo, expedido por el Registro Civil, en su caso.



— Certificación acreditativa de la inscripción en el correspondiente registro de
uniones o parejas de hecho.



— Copia del certificado o volante colectivo histórico de empadronamiento que
acredite la residencia y domicilio habitual de los miembros de la familia.

En este caso, para acreditar la situación de vulnerabilidad económica, debe presentarse copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (IRPF), correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente
anterior a la presentación de la solicitud, de todos los miembros de la familia.
En caso de que no exista obligación de presentar la citada declaración, deberá
aportarse copia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
que acredite dicha circunstancia.
Si se hubiesen obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación por IRPF,
deberá aportarse copia de la resolución o del certificado del organismo público
competente, que acredite los importes percibidos en aquel período impositivo,
salvo que se hubiese autorizado a la Administración su obtención a través de
sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de
datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Salvo que las personas interesadas no lo hubieren autorizado expresamente en
el modelo normalizado de solicitud, la Administración recabará electrónicamente
esta información acreditativa del nivel de renta
2. La suscripción del presente convenio, implica la autorización a la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación, encargado de la instrucción y pago de las ayudas,
para que puedan proceder a recabar los informes o certificados necesarios en orden a la
justificación de los extremos requeridos en la solicitud.
3. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común, no será necesaria la presentación de la documentación que hayan
sido aportada anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos,
el interesado deberá indicar en qué momento y ante que órgano administrativo presentó
los citados documentos.