Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2022062942)
Resolución de 7 octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales de la línea específica del Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables para los ejercicios 2022 y 2023.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022
49886
meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda; la
cual se condicionará a la efectiva aportación de dicho documento, que en este caso
deberá acreditar las personas que a la fecha del contrato tienen su domicilio habitual
y permanente en la vivienda o habitación objeto de la solicitud de ayuda. Producido
el incumplimiento, se dejará sin efecto la concesión de la ayuda mediante resolución
declarativa de concurrencia de aquella condición.
c) Copia del documento público que acredite la imposibilidad de ocupar la vivienda de que
sean propietarias o usufructuarias las personas integrantes de la unidad de convivencia,
en su caso.
d) Modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y
los datos de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre
que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas
deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
e) C
opia del vigente certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea; o copia del
documento oficial que acredite la situación de estancia o residencia legal en España;
según los casos.
2.
La Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente los documentos que
seguidamente se relacionan, salvo que en el modelo normalizado de solicitud se hubieren
opuesto a ello las personas solicitantes, o no lo hubieren autorizado expresamente el resto
de personas integrantes de la unidad de convivencia:
a) La copia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero
(NIE) de las personas integrantes de la unidad de convivencia y de la persona que
ejerza la representación, en su caso.
b) Copia del certificado acreditativo del grado de discapacidad, emitido por el Centro de
Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX), en su caso
c) Documento acreditativo de la condición de familia numerosa y de la categoría general o
es especial, en su caso.
M
ediando oposición o falta de autorización expresa, según los casos, las personas
solicitantes deberán presentar, junto con su solicitud, los documentos anteriormente
señalados.
3. Salvo que las personas solicitantes, o el resto de personas integrantes de la unidad de
convivencia, no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud,
Viernes 14 de octubre de 2022
49886
meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda; la
cual se condicionará a la efectiva aportación de dicho documento, que en este caso
deberá acreditar las personas que a la fecha del contrato tienen su domicilio habitual
y permanente en la vivienda o habitación objeto de la solicitud de ayuda. Producido
el incumplimiento, se dejará sin efecto la concesión de la ayuda mediante resolución
declarativa de concurrencia de aquella condición.
c) Copia del documento público que acredite la imposibilidad de ocupar la vivienda de que
sean propietarias o usufructuarias las personas integrantes de la unidad de convivencia,
en su caso.
d) Modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y
los datos de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre
que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas
deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
e) C
opia del vigente certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea; o copia del
documento oficial que acredite la situación de estancia o residencia legal en España;
según los casos.
2.
La Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente los documentos que
seguidamente se relacionan, salvo que en el modelo normalizado de solicitud se hubieren
opuesto a ello las personas solicitantes, o no lo hubieren autorizado expresamente el resto
de personas integrantes de la unidad de convivencia:
a) La copia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero
(NIE) de las personas integrantes de la unidad de convivencia y de la persona que
ejerza la representación, en su caso.
b) Copia del certificado acreditativo del grado de discapacidad, emitido por el Centro de
Atención a la Discapacidad de Extremadura (CADEX), en su caso
c) Documento acreditativo de la condición de familia numerosa y de la categoría general o
es especial, en su caso.
M
ediando oposición o falta de autorización expresa, según los casos, las personas
solicitantes deberán presentar, junto con su solicitud, los documentos anteriormente
señalados.
3. Salvo que las personas solicitantes, o el resto de personas integrantes de la unidad de
convivencia, no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud,